Octavo informe complementario: Cumplimiento por Zimbabwe del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), y del Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98): Institución de una Comisión de Encuesta en virtud del párrafo 4 del artículo 26 de la Constitución
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Octavo informe complementario: Cumplimiento por Zimbabwe del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), y del Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98): Institución de una Comisión de Encuesta en virtud del párrafo 4 del artículo 26 de la Constitución

Repertorio de decisiones | 24 de marzo de 2009

Decisión sobre el decimonoveno punto del orden del día –
Informe del Director General

Octavo informe complementario

Cumplimiento por Zimbabwe del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), y del Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98) – Institución de una Comisión de Encuesta en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT

Composición de la Comisión de Encuesta

El Consejo de Administración designó a los miembros de la Comisión de Encuesta que se encargaría de examinar esta cuestión.

(Documento GB.303/19/8, párrafo 3.)

Etiquetas: Consejo de Administración de la OIT

Unidad responsable: Servicio de Relaciones, Reuniones y Documentos

Referencia: dec-GB.303/19/8

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Octavo informe complementario: Cumplimiento por Zimbabwe del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), y del Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98): Institución de una Comisión de Encuesta en virtud del párrafo 4 del artículo 26 de la Constitución

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