Informe de la primera reunión del Comité Tripartito Especial establecido en virtud del artículo XIII del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 (Ginebra, 7 a 11 de abril de 2014) – Informe del Presidente al Consejo de Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento del Comité Tripartito Especial

En primer lugar, permitir que el Consejo de Administración tome nota del informe del Presidente de la primera reunión del Comité Tripartito Especial (7 a 11 de abril de 2014), como exige el Reglamento del Comité Tripartito Especial, y del informe final de esa primera reunión; en segundo lugar, designar al Presidente del Comité Tripartito Especial por un período adicional de dos años; y, en tercer lugar, examinar la posibilidad de convocar una segunda reunión del Comité Tripartito Especial en 2016 (véase el proyecto de decisión que figura en el párrafo 17).