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| 2010-12-13 | PRY-2010-L-85882 |
Paraguay Sécurité sociale (Normes d'ensemble) | |
Ley núm. 4199 que establece el seguro social para músicos, autores, compositores y cultores del arte en general sin relación de dependencia.
Gaceta Oficial (Separata), 2010-12-16, págs. 2-4 Presidencia, Gaceta Oficial, Paraguay (Ley (PDF)) (consulté le 2011-01-31)
Establece que el seguro social del Instituto de Previsión Social (IPS), cubrirá los riesgos de enfermedad, maternidad, accidentes, invalidez, vejez y muerte de los músicos, autores, compositores, artistas de teatro, animadores,locutores sin relación de dependencia, artesanos y, en general, creadores e intérpretes de las diversas especialidades del arte y la cultura, sin limitación de edad, que desempeñen dicha actividad en forma exclusiva o no, dentro del territorio.
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| 1974-11-19 | PRY-1974-L-57461 |
Paraguay Sécurité sociale (Normes d'ensemble) | |
Ley núm. 481, del 29 de noviembre de 1974, que aprueba y ratifica el Protocolo Adicional sobre relaciones de trabajo y seguridad social relativo a los contratos de trabajo de los trabajadores de los contratistas y sub-contratistas de obras y locadores y sub-locadores de servicios anexo del Tratado de Itaipú.
Legislación Laboral Paraguaya, 1999-01, Jorge Darío Cristaldo M., Editora Liticolor SRL, Asunción, Paraguay, quinta edición, págs. 323-327
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Texte(s) de base:
1974-07-19 (PRY-1974-L-57460) Ley núm. 439 del 19 de julio de 1974 que aprueba y ratifica el Protocolo sobre Relaciones de Trabajo y Seguridad Social anexo del Tratado de Itaipú. |
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| 1974-07-19 | PRY-1974-L-57460 |
Paraguay Sécurité sociale (Normes d'ensemble) | |
Ley núm. 439 del 19 de julio de 1974 que aprueba y ratifica el Protocolo sobre Relaciones de Trabajo y Seguridad Social anexo del Tratado de Itaipú.
Legislación Laboral Paraguaya, 1999-01, Jorge Dario Cristaldo M., Editora Litocolor SRL, Asunción, Paraguay, quinta edición, págs. 319-323
El Protocolo establece las normas jurídicas aplicables, en materia de Derecho del Trabajo y Seguridad Social, a los trabajadores contratados por la ITAIPU, independientemente de su nacionalidad.
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Texte(s) d'application:
1974-11-19 (PRY-1974-L-57461) Ley núm. 481, del 29 de noviembre de 1974, que aprueba y ratifica el Protocolo Adicional sobre relaciones de trabajo y seguridad social relativo a los contratos de trabajo de los trabajadores de los contratistas y sub-contratistas de obras y locadores y sub-locadores de servicios anexo del Tratado de Itaipú. |
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| 1973-12-13 | PRY-1973-L-20960 |
Paraguay Sécurité sociale (Normes d'ensemble) | |
Ley núm. 430 que establece el derecho al beneficio de jubilaciones y pensiones complementarios a cargo del Instituto de Previsión Social.
Fotocopia
Date d'entrée en vigueur: 1974-02-01
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Texte(s) d'application:
1975-12-22 (PRY-1975-L-59742) Ley No. 560 que modifica el art. 28, inciso b) y el art. 32 de la ley No. 430/73 que establece el derecho al beneficio de jubilaciones y pensiones complementarias a cargo del Instituto de Prevision Social. |
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| 1961-08-31 | PRY-1961-L-28860 |
Paraguay Sécurité sociale (Normes d'ensemble) | |
Ley núm. 729 que sanciona el Código del Trabajo
Gaceta Oficial, 1961-08-31, núm. 64
Disposiciones generales Contrato de trabajo Contratos especiales de trabajo Contrato de aprendizaje Trabajo de menores y mujeres Trabajo a domicilio Trabajo doméstico Trabajo rural Trabajo en las empresas de transporte Trabajo indígena Condiciones generales del trabajo Duración máxima de las jornadas Descansos legales Vacaciones anuales remuneradas Salario Seguridad, hgiene y comodidad en el trabajo Relaciones colectivas de trabajo Organizaciones sindicales de empleadores y trabajadores Contratos colectivos de trabajo Orden y disciplina en los establecimientos de trabajo y del reglamento interno Huelgas y paros Seguridad social Sanciones y cumplimiento de las leyes del trabajo
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Texte(s) abrogateur(s):
1993-06-29 (PRY-1993-L-35443) Ley núm. 213 que establece el Código del Trabajo |
Texte(s) modificateur(s):
1992-03-31 (PRY-1992-R-29426) Decreto ley núm. 43 por el cual se modifica, se amplían párrafos y se incorporan artículos al título I - De las sanciones - del libro V de la ley núm. 729/61 "Código del Trabajo"
1974-09-27 (PRY-1974-L-28861) Ley núm. 506 por la que modifican los artículos 119, 120, 121, 122, 127, 154, 219, 224, 225 y 232 del Código del Trabajo |
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| 1950-12-01 | PRY-1950-L-20964 |
Paraguay Sécurité sociale (Normes d'ensemble) | |
Decreto-ley núm. 1860 por el cual se modifia el decreto-ley núm. 18071 de 18 de febrero 1943, de creación del Instituto de Previsión Social.
Instituto de Previsión Social, 1981-05, p. 5-44
Date d'entrée en vigueur: 1951-01-01
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Texte(s) modificateur(s):
2011-04-01 (PRY-2011-L-86427) Ley núm. 4290 que establece el derecho a solicitar reconocimiento de servicios anteriores en el Instituto de Previsión Social.
1992-12-31 (PRY-1992-L-59744) Ley núm. 98 que establece el régimen unificado de jubilaciones y pensiones y modifica las disposiciones del decreto-ley núm. 18660. |
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| 1996-12-30 | PRY-1996-L-46142 |
Paraguay Soins médicaux et indemnités de maladie | |
Ley núm. 1032 por la cual se crea el sistema nacional de salud.
Gaceta Oficial, 1996-12-30, núm. 158, págs. 1-4
El Sistema operará mediante la oferta de servicios de salud de los subsectores públicos, privados o mixtos, de seguros de salud y de las univeridades, coordinados por el mismo, de acuerdo con las normas de derecho público y privado vigentes. Se crea el Consejo Nacional de Salud el cual es un organismo de coordinaciónde los sectores público y privado de la salud. El Comité ejecutivo, dependiente del Consejo implementará el Plan Nacional de Salud.
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| 1992-12-31 | PRY-1992-L-59744 |
Paraguay Soins médicaux et indemnités de maladie | |
Ley núm. 98 que establece el régimen unificado de jubilaciones y pensiones y modifica las disposiciones del decreto-ley núm. 18660.
Disposiciones legales vigentes sobre el seguro social, 1998, Instituto de Previsión Social, Asunción, Paraguay, Folleto 35, págs. 1-30
Modifícanse numerosos artículos.
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Texte(s) modifié(s):
1950-12-01 (PRY-1950-L-20964) Decreto-ley núm. 1860 por el cual se modifia el decreto-ley núm. 18071 de 18 de febrero 1943, de creación del Instituto de Previsión Social. |
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| 1958-09-20 | PRY-1958-L-20963 |
Paraguay Soins médicaux et indemnités de maladie | |
Ley núm. 537 que declara obligatoria la inclusión dentro del régimen del seguro del Instituto de Previsión Social a todos los maestros y catedráticos del magisterio y normal de la República.
Instituto de Previsión Social, 1981-05, p. 51-54
Date d'entrée en vigueur: 1959-01-01
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| 1992-12-31 | PRY-1992-L-59744 |
Paraguay Prestations de vieillesse, d'invalidité et de survivants | |
Ley núm. 98 que establece el régimen unificado de jubilaciones y pensiones y modifica las disposiciones del decreto-ley núm. 18660.
Disposiciones legales vigentes sobre el seguro social, 1998, Instituto de Previsión Social, Asunción, Paraguay, Folleto 35, págs. 1-30
Modifícanse numerosos artículos.
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Texte(s) modifié(s):
1950-12-01 (PRY-1950-L-20964) Decreto-ley núm. 1860 por el cual se modifia el decreto-ley núm. 18071 de 18 de febrero 1943, de creación del Instituto de Previsión Social. |
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| 1980-12-19 | PRY-1980-L-20958 |
Paraguay Prestations de vieillesse, d'invalidité et de survivants | |
Ley núm. 842 que crea el Fondo de jubilaciones y pensiones para los miembros del Poder Legislativo de la Nación.
Instituto de Previsión Social, 1981-05, p. 111-115
Date d'entrée en vigueur: 1983-04-01
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| 1978-12-27 | PRY-1978-L-20959 |
Paraguay Prestations de vieillesse, d'invalidité et de survivants | |
Ley núm. 740 que crea la Caja de jubilaciones y pensiones del personal de la municipalidad de Asunción.
Separata, 22 p.
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| 1975-12-22 | PRY-1975-L-59742 |
Paraguay Prestations de vieillesse, d'invalidité et de survivants | |
Ley No. 560 que modifica el art. 28, inciso b) y el art. 32 de la ley No. 430/73 que establece el derecho al beneficio de jubilaciones y pensiones complementarias a cargo del Instituto de Prevision Social.
Disposiciones legales vigentes sobre el seguro social, 1998, Instituto de Prevision Social, Asuncion, Paraguay, Folleto 35, pàg.105-107
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Texte(s) de base:
1973-12-13 (PRY-1973-L-20960) Ley núm. 430 que establece el derecho al beneficio de jubilaciones y pensiones complementarios a cargo del Instituto de Previsión Social. |
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| 1973-12-13 | PRY-1973-L-20960 |
Paraguay Prestations de vieillesse, d'invalidité et de survivants | |
Ley núm. 430 que establece el derecho al beneficio de jubilaciones y pensiones complementarios a cargo del Instituto de Previsión Social.
Fotocopia
Date d'entrée en vigueur: 1974-02-01
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Texte(s) d'application:
1975-12-22 (PRY-1975-L-59742) Ley No. 560 que modifica el art. 28, inciso b) y el art. 32 de la ley No. 430/73 que establece el derecho al beneficio de jubilaciones y pensiones complementarias a cargo del Instituto de Prevision Social. |
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| 1972-03-29 | PRY-1972-L-20962 |
Paraguay Prestations de vieillesse, d'invalidité et de survivants | |
Decreto-ley núm. 55 por el cual se crea la Caja de jubilaciones y pensiones para funcionarios y empleados de la administración central.
Separata, 12 p.
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| 1992-12-31 | PRY-1992-L-59744 |
Paraguay Prestations d'accident du travail ou de maladie professionnelle | |
Ley núm. 98 que establece el régimen unificado de jubilaciones y pensiones y modifica las disposiciones del decreto-ley núm. 18660.
Disposiciones legales vigentes sobre el seguro social, 1998, Instituto de Previsión Social, Asunción, Paraguay, Folleto 35, págs. 1-30
Modifícanse numerosos artículos.
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Texte(s) modifié(s):
1950-12-01 (PRY-1950-L-20964) Decreto-ley núm. 1860 por el cual se modifia el decreto-ley núm. 18071 de 18 de febrero 1943, de creación del Instituto de Previsión Social. |
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| 2011-04-01 | PRY-2011-L-86427 |
Paraguay Administration et financement | |
Ley núm. 4290 que establece el derecho a solicitar reconocimiento de servicios anteriores en el Instituto de Previsión Social.
La Gaceta (Separata), 2011-04-06, núm. 67, 3 págs. Presidencia, Gaceta Oficial, Paraguay (Ley (PDF)) (consulté le 2011-04-27)
Establece que las personas que se encuentren cotizando o hayan cotizado al seguro social obligatorio administrado por el Instituto de Previsión Social, podrán solicitar servicios anteriores al mes de febrero de 1974. Modifica parcialmente el artículo 59 del decreto-ley núm. 1860/50 y aclara el alcance de la Ley núm. 3404 del 7 de diciembre de 2007- de continuidad en el beneficio.
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Texte(s) modifié(s):
1950-12-01 (PRY-1950-L-20964) Decreto-ley núm. 1860 por el cual se modifia el decreto-ley núm. 18071 de 18 de febrero 1943, de creación del Instituto de Previsión Social. |
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| 2010-05-19 | PRY-2010-R-83949 |
Paraguay Administration et financement | |
Decreto núm. 4392 por el cual se reglamenta la Ley núm. 3856/09 que establece la acumulación del tiempo de servicios en las cajas del sistema de jubilaciones y pensiones paraguayo y modifica la Ley núm. 1626/00 De la función pública.
Leyes Paraguay, Alianza Consultores Tributarios, Paraguay, 3 págs. (Decreto (PDF)) (consulté le 2010-06-22)
Regula el procedimiento para el cumplimieto de la citada Ley (solicitud, acreditación de períodos de aportes, reenvío, resolución y pago).
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Texte(s) de base:
2009-10-09 (PRY-2009-L-83950) Ley núm. 3856/09 que establece la acumulación del tiempo de servicios en las cajas del sistema de jubilación y pensión paraguayo y modifica la Ley núm. 1626/00 de la Función pública. |
Texte(s) modifié(s):
2000-12-27 (PRY-2000-L-77839) Ley núm. 1626 de la Función Pública. |
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| 2009-10-09 | PRY-2009-L-83950 |
Paraguay Administration et financement | |
Ley núm. 3856/09 que establece la acumulación del tiempo de servicios en las cajas del sistema de jubilación y pensión paraguayo y modifica la Ley núm. 1626/00 de la Función pública.
Leyes de Paraguay, Alianza Consultores Tributarios, Paraguay, 3 págs. (Ley) (consulté le 2010-06-22)
Tiene por objeto establecer la acumulación del tiempo de servicios en las Cajas del Sistema de Jubilaciones y Pensiones Paraguayo, a afectos de otorgar los beneficios correspondientes a la jubilación o la pensión. Establece que el trabajador que con el transcurso del tiempo haya aportado a diferentes Cajas del Sistema de Jubilaciones y Pensiones Paraguayo, sin completar en ninguna de ellas el tiempo de aporte necesario para acceder a los respectivos beneficios, podrá solicitar el reconocimiento del tiempo de servicios cotizados en cada Caja, a efectos de acceder a prorrata témpore a una Jubilación o Pensión de Retiro o a efectos de que sus derechohabientes peticionen la Pensión por Fallecimiento acordada a los beneficiarios. Para acceder al beneficio por acumulación entre dos o más Cajas del Sistema de Jubilaciones y Pensiones Paraguayo o por convenio con otros países, el beneficiario deberá contar con al menos 65 (sesenta y cinco) años de edad.
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Texte(s) modifié(s):
2000-12-27 (PRY-2000-L-77839) Ley núm. 1626 de la Función Pública. |
Texte(s) d'application:
2010-05-19 (PRY-2010-R-83949) Decreto núm. 4392 por el cual se reglamenta la Ley núm. 3856/09 que establece la acumulación del tiempo de servicios en las cajas del sistema de jubilaciones y pensiones paraguayo y modifica la Ley núm. 1626/00 De la función pública. |
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| 2008-05-29 | PRY-2008-L-78971 |
Paraguay Administration et financement | |
Ley núm. 3472/2008 de Mutuales.
Cámara de Senadores, Leyes, Paraguay (consulté le 2008-07-22)
Establece que la libre orgnización y la autonomía de las mutuales, como formas asociativas para brindar servicios jubilatorios, de salud, educación y otros directamente relacionados a estos servicios, basados en la solidaridad y la rentabilidad social, consagrados en la Constitución Nacional, quedan garantizadas por esta Ley y las disposiciones jurídicas que en su consecuencia se dicten. Está organizada de la siguiente manera: Capítulo I. De las disposiciones generales Capítulo II. De la Constitución y el reconocimiento Capítulo III. De los asociados Capítulo IV. Régimen Patrimonial Capítulo V. De los órganos de las mutuales Capítulo VI. De la integración mutual Capítulo VII. De la disolución y liquidación Capítulo VIII. De la educación mutual Capítulo IX. Del régimen de los fondos Capítulo X. De las medidas de fomento Capítulo XI. De la autoridad de aplicación y control Capítulo XII. De las disposiciones finales y derogaciones
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