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| 1993-03-05 | NIC-1993-L-40958 |
Nicaragua Contrats de travail | |
Ley núm. 152, de identificación ciudadana.
La Gaceta, 1993-03-05, núm. 46, págs. 641-648
La presentación de la cédula de identidad ciudadana es indispensable para celebrar contratos de trabajo (art. 4,c)).
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| 2007-05-31 | NIC-2007-L-77514 |
Nicaragua Salaires | |
Ley núm. 625 de salario mínimo.
La Gaceta, 2007-06-26, núm. 120, págs. 3815-3817
Regula la fijación del salario mínimo, a cambio de una prestación laboral, garantizando al trabajador y su familia la satisfacción de las necesidades básicas y vitales, con un mínimo de bienestar compatible con la dignidad humana, conforme al ordinal 1, del artículo 82 de la Constitución Política de la República de Nicaragua.
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Texte(s) abrogé(s):
1991-05-24 (NIC-1991-L-25026) Ley núm. 129, de salario mínimo. |
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| 2006-10-24 | NIC-2006-M-74637 |
Nicaragua Salaires | |
Acuerdo Ministerial núm. VG/AM/0019/10/06 sobre la Normativa salarial del Café.
Separata, 6 págs.
Date d'entrée en vigueur: 2006-11-01
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Texte(s) de base:
1996-10-30 (NIC-1996-L-45784) Ley núm. 185 por la que se dicta el Código del Trabajo. |
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| 2006-03-02 | NIC-2006-M-74515 |
Nicaragua Salaires | |
Acuerdo ministerial núm. VGC-AM-0005-03-06 sobre la aplicación de los salarios mínimos aprobados por la Comisión Nacional del Salario Mínimo.
La Gaceta, 2006-03-27, núm. 61, págs. 1903-1904
Incluye la tabla a partir de la cual se procederá al pago del salario mínimo básico mensual. Establece asimismo que los salarios que por efecto de contrato individual de trabajo, acuerdo salarial y/o convenio colectivo de trabajo sean superiores a los mínimos establecidos no podrán ser objeto de disminución.
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| 2002-04-29 | NIC-2002-R-63847 |
Nicaragua Salaires | |
Resolución Ministerial VGC/RM/0002/04/02 sobre la aplicación de los salarios mínimos aprobados por la Comisión Nacional de Salario Mínimo.
La Gaceta, 2002-05-03, núm. 81, pág. 3052
Establece la tabla según la cual se debe pagar el salario mínimo básico mensual, acordado por la Comisión Nacional de Salario Mínimo para los trabajadores de todos los sectores de actividad económica. Dispone, asimismo, que los salarios y prestaciones de las actividades agropecuarias de carácter cíclico serán regulados mediante normativa del Ministerio de Trabajo y que los salarios que, por efecto de contrato individual de trabajo, acuerdo salarial y/o convenio colectivo de trabajo, sean superiores a los mínimos establecidos no podrán ser objeto de disminución. Date d'entrée en vigueur: 2002-05-01
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| 1997-08-19 | NIC-1997-R-64805 |
Nicaragua Salaires | |
Reglamento interno para el funcionamiento de la Comisión Nacional de Salario Mínimo.
Leyes Básicas del Trabajo de la República de Nicaragua, 2001-02-01, Francisco Valladares Castillo, Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua UNAM-LEON, Managua, Nicaragua, págs. 235-237
Dispone que la Comisión Nacional de Salario Mínimo estará integrada según lo dispuesto en la Ley núm. 129 de Salario Mínimo y será presidida por el Ministro de Trabajo. Establece las modalidades de sus reuniones, las facultades del Presidente y los derechos y obligaciones de sus miembros.
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| 1991-05-24 | NIC-1991-L-25026 |
Nicaragua Salaires | |
Ley núm. 129, de salario mínimo.
La Gaceta, 1991-06-21, núm. 114, págs. 1137-1138
Se definen las modalidades de fijación del salario mínimo y se crea la Comisión Nacional de Salario Mínimo, comisión tripartita.
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Texte(s) abrogateur(s):
2007-05-31 (NIC-2007-L-77514) Ley núm. 625 de salario mínimo. |
Texte(s) abrogé(s):
1981-04-30 (NIC-1981-L-11256) Decreto 719: ley del salario mínimo. |
Texte(s) d'application:
1997-08-19 (NIC-1997-R-64805) Reglamento interno para el funcionamiento de la Comisión Nacional de Salario Mínimo. |
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| 1990-11-26 | NIC-1990-L-21684 |
Nicaragua Salaires | |
Ley núm. 117, del salario por décimotercer mes.
La Gaceta, 1991-01-30, No. 11, p. 129-130
Se establece el régimen del aguinaldo.
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| 1988-02-15 | NIC-1988-R-64806 |
Nicaragua Salaires | |
Resolución del Ministerio del Trabajo relativa al pago por antigüedad o años de servicios de aplicación nacional a los trabajadores permanentes.
Leyes Básicas del Trabajo de la República de Nicaragua, 2001-02-01, Francisco Valladares Castillo, Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua UNAM-LEON, Managua, Nicaragua, págs. 247-248
Crea el pago por antigüedad o de años de servicios de aplicación nacional a los trabajadores permanentes. Dispone que el pago por antigüedad se considera para todos los efectos legales, salario ordinario, y se aplicará a los trabajadores de las diferentes categorías ocupacionales a partir de haber cumplido un año de relación laboral ininterrumpida con el mismo empleador.
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| 1985-02-07 | NIC-1985-L-5170 |
Nicaragua Salaires | |
Ley núm. 2 sobre la escala salarial.
La Gaceta, 1985-11-15, No. 34, p. 301
La ley tiene por objeto establecer una escala salarial que regule las relaciones entre empleadores y trabajadores, contenidas en la misma.
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| 1984-12-22 | NIC-1984-L-5168 |
Nicaragua Salaires | |
Decreto 1546 de reforma de la ley de creación de la plantilla nacional de pago.
La Gaceta, 1985-01-04, No. 3, p. 33
Reforma el art. 5 de la ley (decreto 1160 publicado en la Gaceta el 3 enero 1985). Prevé los casos de empleadores que paguen sueldos por períodos mensuales y de los que paguen salarios por períodos semanales, catorcenales o quincenales.
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| 1981-04-30 | NIC-1981-L-11256 |
Nicaragua Salaires | |
Decreto 719: ley del salario mínimo.
La Gaceta, 1981-05-09
Elimina la división por zonas estableciendo salarios mínimos únicos para todo el país y reclasificando a tal efecto las categorías de trabajadores.
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Texte(s) abrogateur(s):
1991-05-24 (NIC-1991-L-25026) Ley núm. 129, de salario mínimo. |
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