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1994-01-03GTM-1994-R-37259
Guatemala
Política de empleo y promoción del empleo, servicios del empleo
 
Acuerdo gubernativo núm. 1-94, por el que se dicta el Reglamento de la ley del Fondo de Inversión Social
Diario de Centro América, 1994, vol. CCXLVII, núm. 100, págs. 2819-2825

Las operaciones financieras del Fondo de Inversión Social son de tres tipos: inversiones no reembolsables preliminares e inversiones no reembolsables ordinarias para grupos en situación de pobreza y de extrema pobreza del área rural e inversiones en proyectos especiales y en proyectos de entidades estatales.




1985-04-17GTM-1985-R-1767
Guatemala
Política de empleo y promoción del empleo, servicios del empleo
 
Acuerdo gubernativo núm. 310-85 por el que se aprueban los estatutos de la Asociación de desocupados o cesantes de Guatemala.
Diario de Centro América, 1985-05-02, N. 20, p. 433-434

Son sus fines, en particular, agrupar a los cesantes o desocupados para promover la protección mutua; promover su ocupación; colaborar y sugerir al Gobierno la promoción y ejecución de la obra pública para la absorción de los desocupados.




1980-05-09GTM-1980-R-11627
Guatemala
Política de empleo y promoción del empleo, servicios del empleo
 
Acuerdo gubernativo 8-80 del Ministerio de Trabajo y Previsión Social por el que se dictan normas reglamentarias para la aplicación del Convenio internacional del trabajo núm. 96, relativo a las agencias retribuidas de colocación.
Diario de Centro América, 1980-05-19

Texto(s) vinculado(s):
1984-02-27 (GTM-1984-M-562)
Acuerdo gubernativo núm. 103-84 que establece normas reglamentarias para la aplicación del Convenio Internacional del Trabajo núm. 110 relativo alas condiciones de empleo de los trabajadores de las plantaciones.

1967-07-01 (GTM-1967-M-40860)
Acuerdo ministerial por el que se autoriza a la Asociación General de Agricultures para organizar oficinas regionales de contratación de trabajadores campesinos.

Normas conexas de la OIT:
Convenio sobre las agencias retribuidas de colocación (revisado), 1949



1967-07-01GTM-1967-M-40860
Guatemala
Política de empleo y promoción del empleo, servicios del empleo
 
Acuerdo ministerial por el que se autoriza a la Asociación General de Agricultures para organizar oficinas regionales de contratación de trabajadores campesinos.
Fotocopia, 1 pág.

El primer considerando expresa que "es urgente la adopción de medidas que faciliten la contratación de los trabajadores campesinos en las zonas agrícolas dela República, con el fin de proporcionar el elemento humano necesario para la recolección de las cosechas". El segundo considerando dice que "el funcionamiento de oficinas privadas de colocación no contradice las disposiciones del Convenio Internacional del Trabajo núm. 88 siempre que actúen sin fines lucrativos lo cual debe estar sujeto al control del Ministerio de Trabajo y Previsión Social". Véase los comentarios de la Comisión de Expertos sobre la aplicación del Convenio núm. 96, ratificado por Guatemala, hasta la adopción del acuerdo gubernativo núm. 103-84, cuyo artículo 5, párrafo 4, establece que los reclutadores "sólo podrán percibir las retribuciones y los gastos que indica la tarifa prevista por el párrafo 2, inciso c) del artículo 5 del Convenio internacional del trabajo núm. 96; la indicada tarifa la someterá la empresa a la aprobación de la Inspección General de Trabajo".

Texto(s) vinculado(s):
1980-05-09 (GTM-1980-R-11627)
Acuerdo gubernativo 8-80 del Ministerio de Trabajo y Previsión Social por el que se dictan normas reglamentarias para la aplicación del Convenio internacional del trabajo núm. 96, relativo a las agencias retribuidas de colocación.

Normas conexas de la OIT:
Convenio sobre el servicio del empleo, 1948
Convenio sobre las agencias retribuidas de colocación (revisado), 1949



2011-04-05GTM-2011-R-86698
Guatemala
Trabajadores inválidos
 
Decreto núm. 5-2011 de reformas al Decreto núm. 135-96, Ley de atención a las personas con discapacidad.
Diario de CEntro América (Separata), 2011-05-04, págs. 1-2
Congreso, Guatemala (Decreto (PDF)) (Consultado el 2011-06-03)

Reforma los artículos 1 y 3 de la citada Ley en lo relativo a la declaración y definición de discapacidad.
Fecha de entrada en vigor: 2011-05-12

Texto(s) modificado(s):
1996-11-28 (GTM-1996-L-86697)
Decreto núm. 135-96 por el que se dicta la Ley de atención a las personas con discapacidad.



1996-11-28GTM-1996-L-86697
Guatemala
Trabajadores inválidos
 
Decreto núm. 135-96 por el que se dicta la Ley de atención a las personas con discapacidad.
Registro Oficial (Separata), 1997-01-09, 5 págs.
Discapacitados y Discapacidad (Decreto (PDF)) (Consultado el 2011-06-03)

Declara de beneficio social el desarrollo integral de las personas con discapacidad física, sensorial y/o psíquica (mental) en igualdad de condiciones para su participación en el desarrollo económico, social, cultural y político del país.
Tiene como objetivos, entre otros, servir como instrumento legal para la atención de las personas con discapacidad para que alcancen su máximo desarrollo, su participación
social y el ejercicio de los derechos y deberes en el sistema jurídico nacional; garantizar la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad en ámbitos como salud, educación, trabajo, recreación, deportes, cultura y otros; eliminar cualquier tipo de discriminación hacia las personas con discapacidad; establecer las bases jurídicas y materiales que le permitan a la sociedad
guatemalteca adoptar las medidas necesarias para la equiparación de oportunidades y la no discriminación de las personas con discapacidad; y crear el ente con carácter de coordinador, asesor e impulsor de las políticas en materia de discapacidad.

Texto(s) modificador(es):
2011-04-05 (GTM-2011-R-86698)
Decreto núm. 5-2011 de reformas al Decreto núm. 135-96, Ley de atención a las personas con discapacidad.



1994-03-03GTM-1994-M-37261
Guatemala
Trabajadores inválidos
 
Acuerdo ministerial núm. 12-94 por el que se crea la Sección de atención al trabajador con discapacidad.
Diario de Centro América, 1994, vol. CCXLVIII, núm. 43, pág. 973

Es una dependencia técnico-administrativa de la Dirección General de Previsión Social.




1994-01-11GTM-1994-R-38302
Guatemala
Trabajadores inválidos
 
Instrumento de Ratificación del Gobierno de Guatemala, del Convenio número 159 y su respectiva Recomendación número 168, sobre la Readaptación Profesional y el Empleo de Personas Inválidas, adoptado con fecha 1 de junio de l993, por la Conferencia Internacional del Trabajo.
Diario de Centro América, 1994-07-18, vol.CCXLIX, núm. 35, págs. 981-984


Normas conexas de la OIT:
Convenio sobre la readaptación profesional y el empleo (personas inválidas), 1983




2009-08-10GTM-2009-R-82274
Guatemala
Trabajadores de edad avanzada
 
Decreto núm. 25/2009 por la que se dicta la Ley que declara el día nacional del adulto mayor y reforma al decreto núm. 85/2005 por el que se dicta la Ley del Programa de aporte económico del adulto mayor.
Diario de Centro América, 2009-09-10, núm. 69, págs. 1-2
Congreso, Guatemala (Consultado el 2009-11-11)

Reforma el literal b) del artículo 8 bis del citado Decreto en lo relativo a los recursos económicos asignados al programa del adulto mayor.

Texto(s) modificado(s):
2005-11-15 (GTM-2005-L-76950)
Decreto núm. 85-2005 por el que se dicta la Ley del Programa de aporte económico del adulto mayor.



2007-03-13GTM-2007-M-76936
Guatemala
Trabajadores de edad avanzada
 
Acuerdo gubernativo núm. 86-2007 por el que se dicta el Reglamento de la Ley del Programa de aporte económico del adulto mayor.
Diario de Centro América, 2007-03-20, núm. 43, págs. 1-2

Tiene por objeto la aplicación de la Ley del Programa de Aporte Económico del Adulto Mayor, para lo cual regula lo siguiente:
a) Admisión, estudio y resolución de las solicitudes;
b) Establecer los mecanismos de registro y pago;
c) Funcionamiento de la Comisión Consultiva del Programa de Aporte Económico del Adulto Mayor; y
d) Convenio s de cooperación para la ejecución del Programa de Aporte Económico del Adulto Mayor.
Fecha de entrada en vigor: 2007-03-21

Texto(s) básico(s):
2005-11-15 (GTM-2005-L-76950)
Decreto núm. 85-2005 por el que se dicta la Ley del Programa de aporte económico del adulto mayor.



2005-11-15GTM-2005-L-76950
Guatemala
Trabajadores de edad avanzada
 
Decreto núm. 85-2005 por el que se dicta la Ley del Programa de aporte económico del adulto mayor.
Diario de Centro América (Separata), 2006-03-30, núm. 99, pág. 2
Decreto, Congreso de la República, Legislación, Guatemala (Consultado el 2008-02-15)

Tiene por objeto crear un programa de aporte económico a las personas de sesenta y cinco años de edad y más, con la finalidad de que el Estado garantice a ese sector de la población, la atención de sus necesidades básicas mínimas.
Fecha de entrada en vigor: 2006-04-07

Texto(s) modificador(es):
2009-08-10 (GTM-2009-R-82274)
Decreto núm. 25/2009 por la que se dicta la Ley que declara el día nacional del adulto mayor y reforma al decreto núm. 85/2005 por el que se dicta la Ley del Programa de aporte económico del adulto mayor.
Texto(s) de aplicación:
2007-03-13 (GTM-2007-M-76936)
Acuerdo gubernativo núm. 86-2007 por el que se dicta el Reglamento de la Ley del Programa de aporte económico del adulto mayor.



2002-01-11GTM-2002-R-62017
Guatemala
Trabajadores de edad avanzada
 
Acuerdo Gubernativo núm. 3-2002 por el que se emite el Reglamento de la Ley de Protección para las personas de la tercera edad.
Diario de Centro América, 2002-01-17, núm. 33, págs. 1-4

Tiene por objeto desarrollar las disposiciones de la Ley de Protección para las Personas de la Tercera Edad, así como regular la estructura de los órganos administrativos contemplados en la misma, a efectos de asegurar los beneficios contenidos en la citada ley, facilitando, asimismo, la presentación, trámite y resolución de las denuncias con el objeto de garantizar la efectividad inmediata de las medidas de seguridad aplicables a favor de las personas de tercera edad que se encuentren en situación de riesgo de conformidad con la ley.
Fecha de entrada en vigor: 2002-01-18




  
 

  
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Ultima actualización: miércoles - 22 mayo 2013