|
 |
|
 |
| 2010-09-20 | ESP-2010-R-84920 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Orden núm. TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto núm. 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en lo referido a la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas.
Boletín Oficial del Estado (Separata), 2010-09-28, núm. 235, págs. 82247-82277 Boletín Oficial del Estado, España (Orden (PDF)) (Consultado el 2010-10-13)
La orden consta de un preámbulo, tres capítulos, dos disposiciones adicionales, cuatro disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales, así como cuatro anexos. Los capítulos I y II incluyen las modificaciones respecto a las entidades que actúan como servicios de prevención ajenos. El capítulo I se refiere a la acreditación de las entidades especializadas como servicios de prevención ajenos. El capítulo II se ciñe a las obligaciones de información de las entidades especializadas hacia la autoridad laboral y los ciudadanos en general. El capítulo III afecta a las personas o entidades especializadas que pretendan desarrollar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas. Fecha de entrada en vigor: 2010-09-29
|
Texto(s) modificado(s):
1997-01-17 (ESP-1997-R-45787) Real Decreto núm. 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención. |
|
|
 |
| 2010-06-02 | ESP-2010-R-84097 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Orden núm. TIN/1448/2010 por la que se desarrolla el Real Decreto 404/2010 por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral.
Boletín Oficial del Estado (Separata), 2010-06-04, núm. 136, págs. 48283-48302 Boletín Oficial del Estado, Ministerio de la Presidencia, España (Orden (PDF)) (Consultado el 2010-07-09)
Aprueba el fichero informático para la presentación del informe-propuesta por las entidades gestoras o mutuas. Regula asimismo la presentación y tramitación de las solicitudes y la asociación a otra mutua. Contiene cinco anexos relativos al contenido del citado fichero, los valores límite de los índices de siniestralidad general y de siniestralidad extrema para el ejercicio 2009, la certificación y autodeclaración del empresario, el contenido del fichero informático de contingencias profesionales de la Seguridad Social y el contenido del fichero de patologías no traumáticas causadas por el trabajo A. T. Fecha de entrada en vigor: 2010-06-05
|
Texto(s) básico(s):
2010-03-31 (ESP-2010-R-84096) Real Decreto núm. 404/2010 por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral. |
|
|
 |
| 2010-03-31 | ESP-2010-R-84096 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 404/2010 por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral.
Boletín Oficial del Estado (Separata), 2010-03-31, núm. 79, págs. 30230-30240 Boletín Oficial del Estado, Ministerio de la Presidencia, España (Real Decreto (PDF)) (Consultado el 2010-07-09)
Tiene por objeto el establecimiento de un sistema de incentivos consistente en reducciones de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que se distingan por su contribución eficaz y contrastable a la reducción de la siniestralidad laboral y por la realización de actuaciones efectivas en la prevención de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales. Fecha de entrada en vigor: 2010-04-02
|
Texto(s) de aplicación:
2010-06-02 (ESP-2010-R-84097) Orden núm. TIN/1448/2010 por la que se desarrolla el Real Decreto 404/2010 por el que se regula el establecimiento de un sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan contribuido especialmente a la disminución y prevención de la siniestralidad laboral. |
|
|
 |
| 2009-02-24 | ESP-2009-R-81005 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Orden TIN/442/2009, de 24 de febrero, por la que se mofidifica la Orden TAS/3623/2006, por la que se regulan las actividades preventivas en el ámbito de la Seguridad Social y la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales.
Boletín Oficial del Estado (Separata), 2009-02-28, núm. 51, págs. 20528-20529 Boletín Oficial del Estado, España (Consultado el 2009-04-08)
Añade un nuevo apartado (3) al artículo 8 de la citada orden. Fecha de entrada en vigor: 2009-03-01
|
Texto(s) modificado(s):
2006-11-28 (ESP-2006-R-74938) Orden TAS/3623/2006, por la que se regulan las actividades preventivas en el ámbito de la Seguridad Social y la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales. |
|
|
 |
| 2007-10-08 | ESP-2007-M-77061 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Orden TAS/2947/2007 por la que se establece el suministro a las empresas de botiquines con material de primeros auxilios en caso de accidente de trabajo, como parte de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social.
Boletín Oficial del Estado, 2007-10-11, núm. 244, págs. 41429-41430 Boletín Oficial del Estado, Boletines Anteriores, España (Consultado el 2007-10-28)
Establece que los botiquines para primeros auxilios en caso de accidente de trabajo a que se refiere el anexo VI.A9.3 del Real Decreto núm. 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo, constituyen parte del contenido de la prestación de asistencia sanitaria de la Seguridad Social, definido en el artículo 11 del Decreto núm. 2766, por el se dictan normas sobre prestaciones de asistencia sanitaria y ordenación de los servicios médicos en el régimen generales de la seguridad social, y podrán ser facilitados por las entidades gestoras y las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social a las empresas respecto de cuyos trabajadores asuman la protección por las contingencias profesionales.
Fecha de entrada en vigor: 2007-10-12
|
Texto(s) básico(s):
1997-04-14 (ESP-1997-R-46881) Real Decreto núm. 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
1967-12-16 (ESP-1967-R-29823) Decreto núm. 2766, por el se dictan normas sobre prestaciones de asistencia sanitaria y ordenación de los servicios médicos en el régimen generales de la seguridad social |
|
|
 |
| 2007-05-04 | ESP-2007-R-75999 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 597/2007 sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales.
Boletín Oficial del Estado, 2007-05-05, núm. 108, págs. 19415-19416
Tiene por objeto determinar la forma en que deben hacerse públicas las sanciones administrativas impuestas por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, en desarrollo de los previsto en el artículo 40.2 del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo núm. 5/2000. Fecha de entrada en vigor: 2007-05-25
|
Texto(s) básico(s):
2000-08-04 (ESP-2000-R-57083) Real Decreto Legislativo núm. 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. |
|
|
 |
| 2006-11-28 | ESP-2006-R-74938 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Orden TAS/3623/2006, por la que se regulan las actividades preventivas en el ámbito de la Seguridad Social y la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales.
Boletín Oficial del Estado, 2006-11-29, núm. 285, págs. 41810-41813
Tiene por objeto regular lo relativo a las actividades preventivas a desarrollar por las mutuas en el ámbito de la colaboración en la gestión de la Seguridad Social y, de otra, dar cumplimiento a la previsión sobre financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales contenida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2006, regulando, al propio tiempo, el resto de las actividades a desarrollar con cargo al Fondo de Prevención y Rehabilitación, con la periodicidad y en la cuantía que se determinen reglamentariamente. Capítulo I: Disposiciones Generales Capítulo II: Actividades preventivas a desarrollar por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social Capítulo III: Actividades Preventivas con cargo al Fondo de Prevención y Rehabilitación Capítulo IV: Financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales
Fecha de entrada en vigor: 2006-11-30
|
Texto(s) básico(s):
1995-12-07 (ESP-1995-R-42615) Real Decreto núm. 1993/1995, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre colaboración de las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la seguridad social.
1994-06-20 (ESP-1994-L-37505) Real Decreto Legislativo núm. 1/1994, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. |
Texto(s) modificador(es):
2009-02-24 (ESP-2009-R-81005) Orden TIN/442/2009, de 24 de febrero, por la que se mofidifica la Orden TAS/3623/2006, por la que se regulan las actividades preventivas en el ámbito de la Seguridad Social y la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales. |
|
|
 |
| 2004-07-02 | ESP-2004-R-67670 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 1595/2004, por el que se modifica el Real Decreto núm. 1879/1996, por el que se regula la composición de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Boletín Oficial del Estado, 2004-07-03, núm. 160, págs. 24641-24642
Tiene por objeto adaptar a la nueva estructura de los departamentos ministeriales la composición del grupo de vocales de la Administración General del Estado que forman parte de la Comisión Nacioanl de Seguridad y Salud en el Trabajo. Fecha de entrada en vigor: 2004-07-04
|
Texto(s) modificado(s):
1996-08-02 (ESP-1996-R-44763) Real Decreto núm. 1879/1996, de 2 de agosto, por el que se regula la composición de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo. |
|
|
 |
| 2004-01-30 | ESP-2004-R-67559 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 171/2004 por el que se desarrolla la Ley núm. 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
Boletín Oficial del Estado, 2004-01-30, núm. 27, págs. 4160-4165 Boletín Oficial del Estado, 2004-03-10, núm. 60, pág. 10722
Desarrolla el artículo 24 de la citada ley, en materia de coordinación de actividades empresariales. Establece que la coordinación de actividades empresariales para la prevención de los riesgos laborales deberá garantizar el cumplimiento de los siguientes objetivos: la aplicación coherente y responsable de los principios de acción preventiva establecidos en el artículo 15 de la citada Ley y la aplicación correcta de los métodos de trabajo por las empresas concurrentes en el centro de trabajo; el control de las interacciones de las diferentes actividades desarrolladas en el centro de trabajo, en particular cuando puedan generar riesgos calificados como graves o muy graves o cuando se desarrollen en el centro de trabajo actividades incompatibles entre sí por su incidencia en la seguridad y la salud de los trabajadores; y la adecuación entre los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las empresas concurrentes y las medidas aplicadas para su prevención. Asimismo, contempla, la concurrencia de trabajadores de varias empresas en un mismo centro de trabajo, en un centro de trabajo del que un empresario es titular y cuando existe un empresario principal, los modos de coordinación, los derechos de los representantes de los trabajadores y los Comités de Seguridad y Salud. Fecha de entrada en vigor: 2004-05-01
|
Texto(s) básico(s):
1995-11-08 (ESP-1995-L-42688) Ley núm. 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. |
|
|
 |
| 2003-12-12 | ESP-2003-L-66108 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Ley núm. 54/2003, de 12 de diciembre de 2003, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
Boletín Oficial del Estado, 2003-12-13, núm. 298, págs. 44408-44415
Modifica la Ley núm. 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales en lo concerniente a, entre otras cuestiones, la colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, la integración de la prevención de riesgos laborales en la empresa, la organización de recursos para las actividades preventivas, el reforzamiento de la vigilancia y del control del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales y las Competencias del Comité de Seguridad y Salud. Asimismo, introduce modificaciones en la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo núm. 5/2000, de 4 de agosto, en lo relativo, en particular, a sujetos responsables y concepto de infracción, infracciones graves y muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, infracciones de las empresas usuarias, criterio de graduación de las sanciones, responsabilidad empresarial e infracciones por obstrucción. Fecha de entrada en vigor: 2003-12-14
|
Texto(s) modificado(s):
2000-08-04 (ESP-2000-R-57083) Real Decreto Legislativo núm. 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
1995-11-08 (ESP-1995-L-42688) Ley núm. 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. |
|
|
 |
| 2003-09-12 | ESP-2003-R-64835 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 1169/2003, de 12 de septiembre, por el que se modifica el anexo I del Real Decreto núm. 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.
Boletín Oficial del Estado, 2003-10-04, núm. 238, págs. 36136-36138
Modifica los apartados "Normas para la valoración de la discapacidad en casos de infección por VIH" y "Criterios de valoración en infección por VIH" del capítulo 6.10 del anexo I del Real Decreto núm. 1971/1999. Fecha de entrada en vigor: 2003-10-04
|
Texto(s) modificado(s):
1999-12-23 (ESP-1999-R-64836) Real Decreto núm. 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía. |
|
|
 |
| 2002-11-19 | ESP-2002-R-62689 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Orden TAS/2926/2002, de 19 de noviembre, sobre notificación de accidentes de trabajo.
Boletín Oficial del Estado, 2002-11-21, núm. 279, págs. 40988-40989
Establece nuevos modelos para la notificación de los accidentes de trabajo y posibilita su transmisión por procedimiento electrónico. Fecha de entrada en vigor: 2003-01-01
|
Texto(s) básico(s):
1995-11-08 (ESP-1995-L-42688) Ley núm. 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. |
|
|
 |
| 2002-07-19 | ESP-2002-R-61450 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 707/2002, de 19 de julio sobre Prevención de Riesgos Laborales.
Boletín Oficial del Estado, 2002-07-31, núm. 182, págs. 28246-28248
Aprueba el Reglamento sobre el procedimiento administrativo especial de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y para la imposición de medidas correctoras de incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales en el ámbito de la Administración General del Estado.
|
|
 |
| 2002-04-23 | ESP-2002-R-61044 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Orden PRE/930/2002, de 23 de abril, sobre condiciones mínimas de protección de la salud de los trabajadores del mar.
Boletín Oficial del Estado, 2002-04-30, núm. 103, pág. 15704
Modifica el contenido de los botiquines que deben llevar a bordo los buques según lo establecido por el Real Decreto núm. 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar.
|
Texto(s) modificado(s):
1999-02-12 (ESP-1999-R-52221) Real decreto núm. 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar. |
|
|
 |
| 2001-03-23 | ESP-2001-R-58898 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 309/2001, de 23 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1879/1996, de 2 de agosto, por el que se regula la composición de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Boletín Oficial del Estado, 2001-04-05, núm. 82, págs. 12823-12824
Fecha de entrada en vigor: 2001-04-06
|
Texto(s) modificado(s):
1996-08-02 (ESP-1996-R-44763) Real Decreto núm. 1879/1996, de 2 de agosto, por el que se regula la composición de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo. |
|
|
 |
| 2000-04-26 | ESP-2000-R-56189 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Orden de 26 de abril de 2000 por la que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria 08.02.01 del capítulo XII del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera "Depósitos de lodos en procesos de tratamiento de industrias extractivas"
Boletín Oficial del Estado, 2000-05-09, núm. 111, págs. 1723517244.
Establece los requisitos que debe reunir el proyecto de construcción de un nuevo depósito de lodos para su aprobación por la autoridad minera, así como los requerimientos a cumplir por el depósito durante las fases de explotación, clausura y mantenimiento y control posterior de la clausura. Regula asimismo, entre otras cuestiones, la seguridad estructural y plan de emergencia, medidas de seguridad y salud laboral, proyecto de abandono y clausura y de reutilización o eliminación.
|
Texto(s) básico(s):
1985-04-02 (ESP-1985-R-1595) Real decreto núm. 836/1985 por el que se aprueba el reglamento general de normas básicas de seguridad minera. |
Texto(s) vinculado(s):
1986-03-20 (ESP-1986-R-2175) Orden por la que se aprueban determinadas instrucciones técnicas complementarias relativas a los capítulos IV, V, IX y X del reglamento general de normas básicas de seguridad minera. |
|
|
 |
| 1999-10-19 | ESP-1999-R-56027 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Orden de 19 de octubre de 1999 por la que se modifican las Instrucciones Técnicas Complementarias 12.0.01 y 12.0.02 del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.
Boletín Oficial del Estado, 1999-10-28, núm. 258, págs. 37799-37806.
La enmienda viene motivada por la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros de la Unión Europea, relativas al material eléctrico utilizable en atmósfera de las minas con peligro de grisú.
|
Texto(s) básico(s):
1985-04-02 (ESP-1985-R-1595) Real decreto núm. 836/1985 por el que se aprueba el reglamento general de normas básicas de seguridad minera. |
|
|
 |
| 1999-02-12 | ESP-1999-R-52221 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real decreto núm. 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar.
Boletín Oficial del Estado, 1999-02-24, núm. 47, págs. 7614-7680.
Transpone al ordenamiento jurídico español los contenidos de la Directiva 92/29/CE sobre Disposiciones mínimas de seguridad y salud para promover una mejor asistencia médica a bordo de los buques. Trata de garantizar la asistencia sanitaria en el mar mediante la regulación de aspectos tales como la dotación de los botiquines de que han de ir provistos los buques, la formación sanitaria de los trabajadores del mar y la existencia de medios de consulta médica a distancia. Incluye 62 páginas de anexos.
|
Texto(s) básico(s):
1995-11-08 (ESP-1995-L-42688) Ley núm. 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. |
Texto(s) modificador(es):
2011-04-20 (ESP-2011-R-86625) Real Decreto núm. 568/2011, de 20 de abril, por el que se modifica el Real Decreto núm. 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar.
2009-03-05 (ESP-2009-R-80898) Orden PRE/568/2009 por la que se modifica el contenido de los botiquines que deben llevar a bordo los buques según lo previsto en el Real Decreto núm. 258/1999 por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar.
2002-04-23 (ESP-2002-R-61044) Orden PRE/930/2002, de 23 de abril, sobre condiciones mínimas de protección de la salud de los trabajadores del mar. |
Texto(s) de aplicación:
2004-03-05 (ESP-2004-R-67553) Orden PRE/646/2004 por la que se establecen los contenidos mínimos de los programas de formación sanitaria específica y las condiciones para la expedición y homologación del certificado de formación sanitaria de los trabajadores del mar. |
|
|
 |
| 1999-02-05 | ESP-1999-R-52220 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real decreto núm. 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las empresas de trabajo temporal.
Boletín Oficial del Estado, 1999-02-24, núm. 47, págs. 7599-7602.
Establece, en el marco de la Ley núm. 31/1995, de Prevención de riesgos Laborales, las disposiciones específicas mínimas de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores contratados por las empresas de trabajo temporal reguladas por la Ley núm. 14/1994. Se pretende garantizar a dichos trabajadores, cualquiera que sea su modalidad de contratación, el mismo nivel de protección que los restantes trabajadores de la empresa en la que prestan sus servicios, así como determinar las actividades y trabajos en los que, en razón de su especial peligrosidad, deberán quedar excluidos de la celebración de contratos de puesta a disposición.
|
Texto(s) básico(s):
1997-01-17 (ESP-1997-R-45787) Real Decreto núm. 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención.
1995-11-08 (ESP-1995-L-42688) Ley núm. 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
1994-06-01 (ESP-1994-L-37077) Ley núm. 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan las empresas de trabajo temporal. |
|
|
 |
| 1998-09-11 | ESP-1998-R-50830 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 1932/1998, de 11 de septiembre, de adaptación de los capítulos III y V de la Ley núm. 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, al ámbito de los centros y establecimientos militares.
Boletín Oficial del Estado, 1998-09-18, núm. 224, págs. 31306-31309.
El presente Real Decreto, al amparo de la Ley núm. 31/1995 (disposición adicional novena), regula la adaptación de las normas de los Capítulos III y V de esta ley, sobre derechos y obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo y de consulta y participación de los trabajadores, para su aplicación en el ámbito de las relaciones de trabajo del personal laboral y funcionarios civiles que prestan sus servicios en establecimientos dependientes de la Administración militar. Establece las medidas y actuaciones a emprender en caso de riesgo grave e inminente. Establece el cómo, el cuándo y la manera de realizar la consulta de los trabajadores. Instituye: la figura del delegado de prevención y el comité de seguridad y salud, y determina las competencias y facultades de ambos.
|
Texto(s) básico(s):
1995-11-08 (ESP-1995-L-42688) Ley núm. 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. |
Texto(s) modificador(es):
2010-01-29 (ESP-2010-R-83576) Real Decreto núm. 67/2010 de adaptación de la legislación de Prevención de Riesgos Laborales a la Administración General del Estado. |
|
|
 |
| 1998-07-23 | ESP-1998-M-50479 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Resolución de 23 de julio de 1998, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 10 de julio de 1998, por el que se aprueba el Acuerdo Administración-Sindicatos de adaptación de la legislación de prevención de riesgos laborales a la Administración General del Estado.
Boletín Oficial del Estado, 1998-08-01, núm. 183, págs. 26189-26193.
Tiene por objeto la adaptación a la Administración del Estado de la Ley núm. 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y del Real Decreto núm. 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. Fecha de fin de aplicación: 2000-07-10
|
Texto(s) básico(s):
1997-01-17 (ESP-1997-R-45787) Real Decreto núm. 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención.
1995-11-08 (ESP-1995-L-42688) Ley núm. 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. |
|
|
 |
| 1998-07-10 | ESP-1998-R-50191 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 1488/1998, de 10 de julio, de Adaptación de la Legislación de Prevención de Riesgos Laborales a la Administración General del Estado.
Boletín Oficial del Estado, 1998-07-17, núm. 170, págs. 23991-23994 Boletín Oficial del Estado, 1998-07-31, núm. 182, pág. 26034
Contiene una normativa específica para las Administraciones públicas de los derechos de participación y representación, la organización de los recursos necesarios para el desarrollo de las actividades preventivas, la definición de las funciones y niveles de cualificación del personal que las llevará a cabo y el establecimiento de instrumentos de control adecuados que sustituyen a las obligaciones en materia de auditorías contenidas en el capítulo V del Reglamento de los Servicios de Prevención que no son de aplicación a las Administraciones Públicas. Fecha de entrada en vigor: 1998-09-17
|
Texto(s) básico(s):
1995-11-08 (ESP-1995-L-42688) Ley núm. 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. |
|
|
 |
| 1998-04-30 | ESP-1998-R-49490 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 780/1998, de 30 de abril, por el que se modifica el Real Decreto núm. 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención.
Boletín Oficial del Estado, 1998-05-01, núm. 104, págs. 14698-14700
Se establecen los requisitos y condiciones para que quienes vinieran desarrollando las actividades señaladas en los arts. 36 y 37 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y no tuvieran los certificados exigidos, puedan continuar desempeñando tales funciones. Asimismo se determina que los profesionales que en el año 1998 estuvieran desempeñando las actividades señaladas en los arts. mencionados podrán obtener - cumpliendo con los requisitos que se determina (título universitario, tres años en actividades de prevención y formación en prevención no inferior a 100 horas)- certificación de formación equivalente.
|
Texto(s) modificado(s):
1997-01-17 (ESP-1997-R-45787) Real Decreto núm. 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención. |
|
|
 |
| 1998-02-02 | ESP-1998-M-48672 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Orden del Ministerio de Industria y Energía, de fecha 2 de febrero de 1998 por la que se modifica la ITC. 04.4.01, "Labores Subterráneas. Cables", del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, aprobada por Orden de 13 de septiembre de 1985.
Boletín Oficial del Estado, 1998-02-14, núm. 39, págs. 5418-5421
|
Texto(s) básico(s):
1985-04-02 (ESP-1985-R-1595) Real decreto núm. 836/1985 por el que se aprueba el reglamento general de normas básicas de seguridad minera. |
|
|
 |
| 1997-07-18 | ESP-1997-R-47561 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 1216/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo a bordo de los buques de pesca.
Boletín Oficial del Estado, 1997-08-07, núm. 188, págs. 24070-24078
Regula el ámbito de aplicación, otras normas aplicables, equipo y mantenimiento, obligaciones en materia de formación e información, obligaciones en materia de formación especializada y la consulta y participación de los trabajadores. La regulación técnica está contenida en cuatro anexos: disposiciones mínimas de seguridad y de salud aplicables a los buques de pesca nuevos, disposiciones mínimas de seguridad y de salud aplicables a los buques de pesca existentes, disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas a los medios de salvamento y supervivencia y disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas a los equipos de protección individual. Los buques de pesca existentes deberán cumplir las disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo que figuran en el anexo II a más tardar el 23 de noviembre del año 2002. Fecha de entrada en vigor: 1997-10-07
|
Texto(s) básico(s):
1995-11-08 (ESP-1995-L-42688) Ley núm. 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. |
Texto(s) modificador(es):
2012-12-21 (ESP-2012-R-92018) Real Decreto núm. 1696/2012, de 21 de diciembre, por el que se modifica la definición contenida en el apartado 6 del artículo 2 del Real Decreto núm. 1216/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo a bordo de los buques de pesca. |
Texto(s) de aplicación:
2004-03-05 (ESP-2004-R-67553) Orden PRE/646/2004 por la que se establecen los contenidos mínimos de los programas de formación sanitaria específica y las condiciones para la expedición y homologación del certificado de formación sanitaria de los trabajadores del mar. |
|
|
 |
| 1997-07-18 | ESP-1997-R-47562 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
Boletín Oficial del Estado, 1997-08-07, núm. 188, págs. 24063-24070
Concreta los aspectos más técnicos de las medidas preventivas contenidas en la ley núm. 31/1955, de prevención de riesgos laborales. Según expresan los considerandos, se basa igualmente en los Convenios sobre la protección de la maquinaria, 1963 (núm. 119), y sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155). El decreto contiene seis artículos donde se regulan aspectos globales tal como las obligaciones generales del empresario, la comprobación de los equipos de trabajo, las obligaciones en materia de formación e información y la consulta y participación de los trabajadores. La regulación técnica está contenida en dos anexos: Disposiciones mínimas aplicables a los equipos de trabajo y Disposiciones relativas a la utilización de los equipos de trabajo. Se establecen plazos y procedimientos para la adaptación de los actuales equipos de trabajo a la actual normativa. Fecha de entrada en vigor: 1997-08-27. Fecha de entrada en vigor gradual: 1998-12-05. el apartado 2 del anexo 1 y los apartados 2 y 3 del anexo II
|
Texto(s) básico(s):
1995-11-08 (ESP-1995-L-42688) Ley núm. 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. |
Texto(s) modificador(es):
2004-11-12 (ESP-2004-R-69287) Real Decreto núm. 2177/2004 por el que se modifica el Real Decreto núm. 1215/1997, de 18 de julio de 1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. |
Texto(s) modificado(s):
1971-03-09 (ESP-1971-M-29851) Ordenanza de 9 de mayo de 1971 por la que se aprueba la ordenanza general de seguridad e higiene en el trabajo
Normas conexas de la OIT: Convenio sobre la protección de la maquinaria, 1963 |
|
|
 |
| 1997-05-30 | ESP-1997-R-46909 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
Boletín Oficial del Estado, 1997-06-12, núm. 140, págs. 18000-18017
En la exposición de motivos cita al Convenio núm. 155 de la OIT. Se entenderá por equipo de protección individual, cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que lo proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accsesorio destinado a tal fin. Se excluyen determinadas categorías. Se regulan las obligaciones del empresario, los criterios para el empleo de los equipos, las condiciones que deben reunir, la elección, las obligaciones en materia de información, formación, consulta y participación de los trabajadores así como las obligaciones de éstos. Contiene 3 anexos: -Lista indicativa y no exhaustiva de equipos de protección individual, -Lista indicativa y no exhaustiva de actividades y sectores de actividades que pueden requerir la utilización de equipos de protección individual e Indicaciones no exhaustivas para la evaluación de equipos de protección individual.
|
|
 |
| 1997-04-14 | ESP-1997-R-46883 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyan pantallas de visualización.
Boletín Oficial del Estado, 1997-04-23, núm. 97, págs. 12928-12931
Dispone sobre la realización de exámenes de salud peiódicos.Contiene un anexo con disposiciones mínimas sobre la pantalla, teclado, reflejos, espacio, etc.
|
Texto(s) básico(s):
1995-11-08 (ESP-1995-L-42688) Ley núm. 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. |
|
|
 |
| 1997-04-14 | ESP-1997-R-46882 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores.
Boletín Oficial del Estado, 1997-04-23, núm. 97, págs. 12926-12928
En los considerandos se refiere al Convenio núm. 127 de la OIT. Se entenderá por manipulación manual de cargas cualquier operación de transporte o sujeción de una carga por parte de uno o varios trabajadores, como el levantamiento, la colocación, el empuje, la tracción o el desplazamiento, que por sus características o condiciones ergonómicas inadecuadas, entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores. Contiene un anexo sobre los factores de riesgo en el caso en que no pueda evitarse la necesidad de manipulación manual de cargas.
|
|
 |
| 1997-04-14 | ESP-1997-R-46881 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
Boletín Oficial del Estado, 1997-04-23, núm. 97, págs. 12918-12926
En los considerandos se recuerda que España ha ratificado los Convenios núms. 155 y 148 de la OIT. No será de aplicación a: a) los medios de transporte utilizados fuera de la empresa o centro de trabajo, así como a los lugares de trabajo situados dentro de los medios de transporte, b) las obras de construcción temporales o móviles, c) las industrias de extracción, d) los buques de pesca, e) los campos de cultivo, bosques y otros terrenos que formen parte de una empresa o centro de trabajo agrícola o forestal pero que estén situados fuera de la zona edificada de los mismos. Contiene seis anexos los cuales tratan, entre otros, de servicios higiénicos y lugares de descanso, iluminación, condiciones ambientales, material y local de primeros auxilios.
|
|
 |
| 1997-04-14 | ESP-1997-R-46880 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.
Boletín Oficial del Estado, 1997-04-23, núm. 97, págs. 12911-12918
No afectará a la señalización prevista por la normativa sobre comercialización de productos y equipos y sobre sustancias y preparados peligrosos. Tampoco será aplicable a la señalización utilizada para la regulación del tráfico por carretera, ferroviario, fluvial, marítimo y aéreo. El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo elaborará y mantendrá actualizada una guía técnica sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. Comprende siete anexos que tratan, entre otros de colores de seguridad, señales en forma de panel, señales luminosas y acústicas.
|
Texto(s) básico(s):
1997-01-17 (ESP-1997-R-45787) Real Decreto núm. 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención. |
|
|
 |
| 1997-01-17 | ESP-1997-R-45787 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el reglamento de los servicios de prevención.
Boletín Oficial del Estado, 1997-01-31, núm. 27, págs. 3031-3045
La nueva óptica de prevención se articula en torno a la evaluación inicial de los riesgos inherentes al trabajo. Se integrará la prevención a todos los niveles jerárquicos. Se regula el procedimiento de evaluación, la organización de los recursos y un doble mecanismo de control de la idoneidad del sistema: la acreditación por la autoridad laboral de los servicios de prevención externos y la auditoría o evaluación externa del sistema de prevención. Text in Spanish »
|
Texto(s) modificador(es):
2010-09-20 (ESP-2010-R-84920) Orden núm. TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto núm. 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en lo referido a la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas.
2009-03-06 (ESP-2009-R-80905) Real Decreto núm. 298/2009, de 6 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto núm. 39/1997, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en relación con la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia.
2006-05-19 (ESP-2006-R-73848) Real Decreto núm. 604/2006 por el que se modifican el Real Decreto núm. 39/1997, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, y el Real Decreto núm. 1627/1997 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
2005-06-10 (ESP-2005-R-71061) Real Decreto núm. 688/2005 por el que se regula el régimen de funcionamiento de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social como servicio de prevención ajeno.
1998-04-30 (ESP-1998-R-49490) Real Decreto núm. 780/1998, de 30 de abril, por el que se modifica el Real Decreto núm. 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de prevención. |
Texto(s) de aplicación:
2010-01-29 (ESP-2010-R-83576) Real Decreto núm. 67/2010 de adaptación de la legislación de Prevención de Riesgos Laborales a la Administración General del Estado.
1999-02-05 (ESP-1999-R-52220) Real decreto núm. 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las empresas de trabajo temporal.
1998-07-23 (ESP-1998-M-50479) Resolución de 23 de julio de 1998, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 10 de julio de 1998, por el que se aprueba el Acuerdo Administración-Sindicatos de adaptación de la legislación de prevención de riesgos laborales a la Administración General del Estado.
1997-10-24 (ESP-1997-R-47829) Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo.
1997-04-14 (ESP-1997-R-46880) Real Decreto núm. 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. |
Texto(s) vinculado(s):
2005-11-04 (ESP-2005-R-72155) Real Decreto núm. 1311/2005, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas. |
|
|
 |
| 1996-10-11 | ESP-1996-M-45259 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Orden de 11 de octubre de 1996 por la que se modifican las instrucciones técnicas complementarias 12.0.01 y 12.0.02 del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.
Boletín Oficial del Estado, 1996-10-23, núm. 256, págs. 31684-31692
Se adecúan las instrucciones y la normativa de la CEE en materia de material eléctrico para atmósfera explosiva.
|
Texto(s) básico(s):
1985-04-02 (ESP-1985-R-1595) Real decreto núm. 836/1985 por el que se aprueba el reglamento general de normas básicas de seguridad minera. |
|
|
 |
| 1996-08-02 | ESP-1996-R-44763 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 1879/1996, de 2 de agosto, por el que se regula la composición de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo.
Boletín Oficial del Estado, 1996-08-09, núm. 192, págs. 24702-24703
Estará presidida por el Secretario general de empleo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y contará con cuatro vicepresidentes, uno por cada uno de los grupos representados. Se integrará con 17 vocales en el ámbito de la Administracion del Estado, 17 en representación de las comunidades autónomas y dos por Ceuta y Melilla, 19 vocales por parte de las organizaciones empresariales e igual número por parte de las organizaciones sindicales más representativas.
|
Texto(s) básico(s):
1995-11-08 (ESP-1995-L-42688) Ley núm. 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. |
Texto(s) modificador(es):
2004-07-02 (ESP-2004-R-67670) Real Decreto núm. 1595/2004, por el que se modifica el Real Decreto núm. 1879/1996, por el que se regula la composición de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.
2001-03-23 (ESP-2001-R-58898) Real Decreto núm. 309/2001, de 23 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1879/1996, de 2 de agosto, por el que se regula la composición de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. |
|
|
 |
| 1996-03-01 | ESP-1996-R-44125 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 396/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el reglamento sobre procedimiento para la imposición de sanciones por infracciones en el orden social y para la extensión de actas de liquidación de cuotas de la seguridad social.
Boletín Oficial del Estado, 1996-04-02, núm. 80, págs. 12354-12369
Los procedimientos sancionador y liquidatorio se iniciarán siempre de oficio por acta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Son sujetos responsables del incumplimiento o infracción de las normas del orden social las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, y las comunidades de bienes, agencias de colocación y las empresas de trabajo temporario a quienes sea imputable la conducta infractora. En materia de deudas de la seguridad social es sujeto responsable el empresario. Son supuestos específicos de responsabilidad empresarial, entre otros, los del empresario que contrate o subcontrate la realización de obras y servicios correspondientes a su propia actividad, la empresa de trabajo temporal y la empresa usuaria. Reglamenta las actividades previas al procedimiento sancionador, previéndose la colaboración de los representantes de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales. El procedimiento sancionador trata entre otros, de la graduación de las sanciones y criterios de graduación. El capítulo V se refiere a la suspensión de actividades o cierre de centro de trabajo, al recargo de prestaciones en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional por falta de medidas de seguridad, etc. El capítulo VI trata de las actas de liquidación y el VII del procedimiento sancionador de las infracciones leves y graves en materia de protección por desempleo y seguridad social.
|
Texto(s) básico(s):
1994-12-30 (ESP-1994-L-39543) Ley núm. 42/1994, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social.
1994-06-20 (ESP-1994-L-37505) Real Decreto Legislativo núm. 1/1994, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
1988-04-07 (ESP-1988-L-4981) Ley núm. 8 sobre infracciones y sanciones de orden social. |
Texto(s) modificado(s):
1995-10-06 (ESP-1995-R-42613) Real Decreto núm. 1637/1995, de 6 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social. |
|
|
 |
| 1996-02-02 | ESP-1996-R-43241 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 150/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica el artículo 109 del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.
Boletín Oficial del Estado, 1996-03-08, núm. 59, págs. 9407-9416.
El artículo 109 dispone, en particular, que las industrias extractivas por sondeos deberán cumplir las disposiciones mínimas destinadas a mejorar la protección en materia de seguridad y de salud de los trabajadores, tal y como se define en el anexo que se incorpora al presente reglamento. El anexo trata de las obligaciones del empresario, entre ellas las de protección contra incendios, explosiones y atmósferas nocivas, de la información a los trabajadores, de la consulta y participación de los trabajadores, de las disposiciones mínimas de seguridad y salud. Incluye disposiciones mínimas aplicables al sector "en tierra" y al sector "en mar". Se regula también: alojamiento, descanso, trabajadoras embarazadas y trabajadores minusválidos.
|
Texto(s) modificado(s):
1985-04-02 (ESP-1985-R-1595) Real decreto núm. 836/1985 por el que se aprueba el reglamento general de normas básicas de seguridad minera. |
|
|
 |
| 1995-11-08 | ESP-1995-L-42688 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Ley núm. 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Boletín Oficial del Estado, 1995-11-10, núm. 269, págs. 32590-32611
Traspone al derecho español ciertas directivas de la Unión Europea. Se dictan normas básicas de la acción preventiva, los derechos y obligaciones de empresarios y trabajadores y las actuaciones a desarrollar en situaciones de emergencia o en caso de riesgo grave e inminente. Se crea la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo la cual estará integrada por reprentantes de las comunidades autónomas, del Estado, y de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas. Toda empresa deberá contar con un servicio de prevención o recurrir a un servicio apropiado. Las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales podrán desarrollar la función de prevención. Fecha de entrada en vigor: 1996-02-08 Texto en Español »
|
Texto(s) básico(s):
1994-06-22 (EEU-1994-DI-37580) Directive 94/33/CE du Conseil du 22 juin 1994 relative à la protection des jeunes au travail.
1992-10-19 (EEU-1992-DI-31632) Directive 92/85/CEE du Conseil, du 19 octobre 1992, concernant la mise en oeuvre de mesures visant à promouvoir l'amélioration de la sécurité et de la santé des travailleuses enceintes, accouchées ou allaitantes au travail (dixième directive particulière au sens de l'article 16 paragraphe 1 de la directive 89/391/CEE).
1991-06-25 (EEU-1991-DI-22702) Directive 91/383/CEE du Conseil du 25 juin 1991 complétant les mesures visant à promouvoir l'amélioration de la sécurité et de la santé au travail des travailleurs ayant une relation de travail à durée déterminée ou une relation de travail intérimaire.
1989-06-12 (EEU-1989-DI-8147) Directive du Conseil CEE/89/391 du 12 juin 1989 concernant la mise en oeuvre de mesures visant à promouvoir l'amélioration de la sécurité et de la santé des travailleurs au travail. |
Texto(s) modificador(es):
2010-08-05 (ESP-2010-L-84720) Ley núm. 32/2010 por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.
2010-04-23 (ESP-2010-R-83962) Real Decreto núm. 486/2010 sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a radiaciones ópticas artificiales.
2006-10-18 (ESP-2006-L-75003) Ley núm. 31/2006 sobre implicación de los trabajadores en las sociedades anónimas y cooperativas europeas.
2003-12-12 (ESP-2003-L-66108) Ley núm. 54/2003, de 12 de diciembre de 2003, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales.
2000-08-04 (ESP-2000-R-57083) Real Decreto Legislativo núm. 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
1999-11-05 (ESP-1999-L-56028) Ley núm. 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras. |
Texto(s) de aplicación:
2010-01-29 (ESP-2010-R-83576) Real Decreto núm. 67/2010 de adaptación de la legislación de Prevención de Riesgos Laborales a la Administración General del Estado.
2006-03-31 (ESP-2006-R-73446) Real Decreto núm. 396/2006 por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.
2006-03-10 (ESP-2006-R-73228) Real Decreto núm. 286/2006 sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido.
2005-11-04 (ESP-2005-R-72155) Real Decreto núm. 1311/2005, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados o que puedan derivarse de la exposición a vibraciones mecánicas.
2005-06-10 (ESP-2005-R-71034) Real Decreto núm. 689/2005 por el que se modifica el Reglamento de organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto núm. 138/2000 y el Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas a la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto núm. 928/1998 para regular la actuación de los técnicos habilitados en materia de prevención de riesgos laborales.
2004-01-30 (ESP-2004-R-67559) Real Decreto núm. 171/2004 por el que se desarrolla la Ley núm. 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.
2002-11-19 (ESP-2002-R-62689) Orden TAS/2926/2002, de 19 de noviembre, sobre notificación de accidentes de trabajo.
2001-04-06 (ESP-2001-R-59261) Real decreto núm. 374/2001, de 6 de abril, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo.
1999-02-12 (ESP-1999-R-52221) Real decreto núm. 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar.
1999-02-05 (ESP-1999-R-52220) Real decreto núm. 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las empresas de trabajo temporal.
1998-09-11 (ESP-1998-R-50830) Real Decreto núm. 1932/1998, de 11 de septiembre, de adaptación de los capítulos III y V de la Ley núm. 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, al ámbito de los centros y establecimientos militares.
1998-07-23 (ESP-1998-M-50479) Resolución de 23 de julio de 1998, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de Consejo de Ministros de 10 de julio de 1998, por el que se aprueba el Acuerdo Administración-Sindicatos de adaptación de la legislación de prevención de riesgos laborales a la Administración General del Estado.
1998-07-10 (ESP-1998-R-50191) Real Decreto núm. 1488/1998, de 10 de julio, de Adaptación de la Legislación de Prevención de Riesgos Laborales a la Administración General del Estado.
1997-10-24 (ESP-1997-R-47829) Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo.
1997-09-05 (ESP-1997-R-47828) Real Decreto núm. 1389/1997, de 5 de septiembre, por el que se aprueban las disposiciones mínimas destinadas a proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en las actividades mineras.
1997-07-18 (ESP-1997-R-47561) Real Decreto núm. 1216/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo a bordo de los buques de pesca.
1997-07-18 (ESP-1997-R-47562) Real Decreto núm. 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
1997-05-30 (ESP-1997-R-46909) Real Decreto núm. 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
1997-05-12 (ESP-1997-R-46915) Real Decreto núm. 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
1997-05-12 (ESP-1997-R-46916) Real Decreto núm. 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.
1997-04-14 (ESP-1997-R-46881) Real Decreto núm. 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
1997-04-14 (ESP-1997-R-46882) Real Decreto núm. 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores.
1997-04-14 (ESP-1997-R-46883) Real Decreto núm. 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyan pantallas de visualización.
1996-08-02 (ESP-1996-R-44763) Real Decreto núm. 1879/1996, de 2 de agosto, por el que se regula la composición de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el trabajo.
Normas conexas de la OIT: Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 |
|
|
 |
| 1994-01-20 | ESP-1994-R-36311 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Orden del 20 de enero de 1994 por la que se modifica la instrucción técnica complementaria 12.0.02 del capítulo XII del reglamento general de normas básicas de seguridad minera.
Boletín Oficial del Estado, 1994-02-03, núm. 30
La ITC 12.0.02 que se modifica es una de las que desarrolló el real decreto núm. 863/1985 que aprobó el el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.
|
|
 |
| 1992-11-27 | ESP-1992-R-31607 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real decreto núm. 1435/1992, de 27 de noviembre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo 89/392/CEE, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas.
Boletín Oficial del Estado, 1992-12-11, núm. 297, págs. 41972-41994
|
Texto(s) básico(s):
1992-07-16 (ESP-1992-L-30308) Ley 21/1992, de 16 de julio, de industria.
1989-06-14 (EEU-1989-DI-8148) Directive du Conseil CEE/89/392 concernant le rapprochement des législations des Etats membres relatives aux machines. |
|
|
 |
| 1992-07-16 | ESP-1992-L-30308 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Ley 21/1992, de 16 de julio, de industria.
Boletín Oficial del Estado, 1992-07-23, núm. 176, págs. 25498-25506
Título II: promoción, modernización y competitividad industriales. Título III: seguridad y calidad industriales. Incluye disposiciones precisas sobre prevención y limitación de riesgos; instalaciones y actividades peligrosas y contaminantes; reglamentos de seguridad; organismos de control y un consejo de coordinación de la seguridad industrial.
|
Texto(s) de aplicación:
2004-12-03 (ESP-2004-R-69283) Real Decreto núm. 2267/2004 por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.
1993-05-28 (ESP-1993-R-33705) Real decreto núm. 825/1993, de 28 de mayo, por el que se determina las medidas laborales y de seguridad social específicas a que se refiere el artículo 6 de la ley 21/1992, de 16 de julio, de industria.
1992-11-27 (ESP-1992-R-31607) Real decreto núm. 1435/1992, de 27 de noviembre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo 89/392/CEE, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas. |
|
|
 |
| 1991-04-08 | ESP-1991-R-22227 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Orden de 8 de abril de 1991, por la que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MSG-SM-1 del Reglamento de Seguridad en las Máquinas, referente a máquinas, elementos de máquinas o sistemas de protección, usados.
Boletín Oficial del Estado, 1991-04-11, No. 87, p. 11028
La Instrucción comprende cuatro artículos: 1) Campo de aplicación; 2) Acreditación del cumplimiento de las reglas de seguridad; 3) Placas, etiquetas e instrucciones de uso y 4) Revisiones periódicas.
|
Texto(s) modificado(s):
1986-05-26 (ESP-1986-R-29901) Real decreto núm. 1495 por el que se aprueba el reglamento de seguridad en las máquinas |
|
|
 |
| 1990-06-29 | ESP-1990-R-20277 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real Decreto núm. 952/1190, por el que se modifican los anexos y se completan las disposiciones del Real Decreto núm. 886/1988, sobre prevención de accidentes mayores en determinadas actividades industriales.
Boletín Oficial del Estado, 1990-07-21, núm. 174, p. 21322-21324 Errata, 1990-09-25, núm. 230, p. 27874
Se adopta el Real Decreto núm. 952 para dar cumplimiento con las Directivas del Consejo de las Comunidades Europeas 87/216/CEE, de 19 de marzo de 1987 y 88/610/CEE, y completar las normas contenidas en el Real Decreto núm. 886, de 15 de julio de 1988.
|
Texto(s) derogador(es):
1999-07-16 (ESP-1999-R-55549) Real decreto núm. 1254/1999, de 16 de julio, por el que se aprueban medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas. |
|
|
 |
| 1989-05-19 | ESP-1989-R-8842 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real decreto núm. 590 por el que se modifican los artículos 3 y 14 del reglamento de seguridad en las máquinas.
Boletín Oficial del Estado, 1989-06-03, núm. 132, p. 16755
Pequeñas modificaciones del reglamento vigente de seguridad en las máquinas, aprobado por real decreto núm. 1495, de 26 de mayo de 1986.
|
Texto(s) modificado(s):
1986-05-26 (ESP-1986-R-29901) Real decreto núm. 1495 por el que se aprueba el reglamento de seguridad en las máquinas |
|
|
 |
| 1988-10-11 | ESP-1988-R-6920 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Orden por la que se actualiza la tabla de normas UNE y sus equivalentes ISO, CEI y CENELEC, de la orden de 23 de septiembre de 1987 que modifica la instrucción técnica complementaria MIE-AEMI del reglamento de aparatos de elevación y manutención referente a ascensores electromecánicos.
Boletín Oficial del Estado, 1988-10-21, No. 253, p. 30335
|
|
 |
| 1988-07-15 | ESP-1988-R-6466 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real decreto núm. 886 sobre prevención de accidentes mayores en determinadas actividades industriales.
Boletín Oficial del Estado, 1988-08-05, No. 187, p. 24285-24292
Este real decreto tiene por objeto la prevención de los accidentes mencionados, la limitación de sus consecuencias en orden a la protección de la población, del medio ambiente y de los bienes, así como la seguridad y la protección de la salud de las personas en el lugar de trabajo. Define los términos "actividad industrial", "accidente mayor", "sustancias peligrosas", etc. Excluye de su ámbito de aplicación las instalaciones nucleares y radioactivas (que se regularán por normativa específica), las instalaciones militares, la fabricación y almacenamiento separado de explosivos, pólvora y municiones, las actividades de extracción y otras de carácter minero y las instalaciones para la gestión de residuos tóxicos y peligrosos, sometidos a regulación de la CEE. Contiene disposiciones sobre las autoridades competentes, la autoprotección, la obligación de declarar su contenido, el control, la información a la población y los casos de confidencialidad. Prevé asímismo infracciones y sanciones. Consta de cinco anexos relativos a las instalaciones industriales, el almacenamiento independiente, las sustancias, los criterios orientativos y los datos e informaciones a suministrar en las notificaciones.
|
|
 |
| 1986-09-20 | ESP-1986-R-2697 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Orden núm. 27015 por la que se establece el modelo de libro de incidencias correspondientes a las obras en las que sea obligatorio un estudio de seguridad e higiene en el trabajo.
Boletín Oficial del Estado, 1986-10-13, núm. 245, págs. 34701-34707
|
|
 |
| 1986-05-26 | ESP-1986-R-29901 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real decreto núm. 1495 por el que se aprueba el reglamento de seguridad en las máquinas
Boletín Oficial del Estado, 1986-07-21, núm. 173 Código de las Leyes Laborales, 1991, págs. 1743-1757
|
Texto(s) modificador(es):
1991-04-08 (ESP-1991-R-22227) Orden de 8 de abril de 1991, por la que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MSG-SM-1 del Reglamento de Seguridad en las Máquinas, referente a máquinas, elementos de máquinas o sistemas de protección, usados.
1989-05-19 (ESP-1989-R-8842) Real decreto núm. 590 por el que se modifican los artículos 3 y 14 del reglamento de seguridad en las máquinas. |
|
|
 |
| 1986-04-25 | ESP-1986-L-2176 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Ley núm. 14 general de sanidad.
Boletín Oficial del Estado, 1986-04-29, núm. 102, págs. 15207-15224
Esta ley tiene por objeto crear un sistema nacional de salud que integra todas las estructuras y servicios públicos al servicio de la salud, con lo que se pone remedio a todas las inadaptaciones y a la dispersión que se mencionan en la exposición de motivos. Delimita las competencias entre las administraciones públicas sanitarias y el campo de las actividades sanitarias privadas. Su campo de aplicación abarca también la salud laboral.
|
|
 |
| 1986-02-21 | ESP-1986-R-2174 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Real decreto núm. 555 por el que se implanta la obligatoriedad de la inclusión de un estudio de seguridad e higiene en el trabajo en los proyectos de edificación y obras públicas.
Boletín Oficial del Estado, 1986-03-21, núm. 69, págs. 10658-10659
El presente decreto crea una obligación para el autor o autores del proyecto de ejecución de obras de realizar un estudio de seguridad e higiene en el trabajo coherente con el contenido de dicho proyecto de ejecución de obra, y ello tanto en el sector de la construcción como en las obras públicas. Esta exigencia aplícase a los proyectos cuyo presupuesto sea igual o superior a 100 millones de pesetas, en los cuales se empleen 50 o más trabajadores, así como a las obras de túneles, galerías, conducciones subterráneas y presas. El estudio de seguridad e higiene en el trabajo deberá comprender una memoria descriptiva de los procedimientos y equipos técnicos a utilizar, medidas preventivas y medidas sanitarias previstas, así como una evaluación de su incidencia presupuestaria. El presupuesto de estudio de seguridad e higiene deberá ir incorporado al presupuesto general de la obra como unidad independiente. La inclusión en el proyecto del citado estudio de seguridad e higiene será requisito necesario para el visado de aquél por el colegio profesional correspondiente y expedición de la licencia municipal. En cada centro de trabajo existirá un libro de incidencias en que se anotarán la inobservancia de las instrucciones y recomendaciones preventivas recogidas en el plan de seguridad e higiene. Las infracciones se sancionarán, a propuesta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con lo previsto en el art. 57 del Estatuto de los Trabajadores (SL, 1980 - Esp. 1 ... 1984 - Esp. 1).
|
|
 |
| 1985-09-27 | ESP-1985-R-1820 |
España Seguridad y salud del trabajo | |
Resolución de la Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales por la que se regula la composición y funcionamiento de las comisiones provinciales del Consejo General de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Boletín Oficial del Estado, 1985-11-07, núm. 267, págs. 35197-35198
Las comisiones provinciales son los órganos a través de los cuales se realiza, bajo la dependencia del Consejo General del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, la participación de los trabajadores, empresarios y Administración Pública en el control y vigilancia de la gestión del Instituto a nivel provincial.
|
|
|