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País: Venezuela (República Bolivariana de) - Tema: VIH/SIDA
Venezuela (República Bolivariana de) - VIH/SIDA - Ley
Ley de 14 de agosto de 2014 que sanciona la Ley para la promoción y protección del derecho a la igualdad de las personas con VIH/SIDA y sus familiares - Adopción: 2014-08-14 | Fecha de entrada en vigor: 2014-12-30 | VEN-2014-L-112109 La ley citada promueve y protege el derecho a la igualdad de todas las personas con el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA), así como el de sus familiares, a los fines de asegurar que disfruten y ejerzan todos sus derechos, garantías, deberes y responsabilidades, sin discriminación alguna, entre ellas, las derivadas de su condición de salud. La ley se estructura de la siguiente manera:
- CAPÍTULO I: Disposiciones generales
- CAPÍTULO II: De las relaciones familiares
- CAPÍTULO lll: De la Igualdad en el derecho a la educación, cultura, deporte y recreación
- CAPÍTULO IV: De la Igualdad en el derecho a la salud
- CAPÍTULO V: De la igualdad en el derecho al trabajo
- CAPÍTULO VI: De la Igualdad en situaciones especificas
- CAPÍTULO VII: De los mecanismos para el cumplimiento de la ley
- DISPOSICIÓN DEROGATORIA
- DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- DISPOSICIÓN FINAL.
Venezuela (República Bolivariana de) - VIH/SIDA - Otros textos (circular, directiva, aviso gubernativo, etc.)
Resolución del Ministerio de Sanidad y Asistencia Social núm. SG-439, de 26 de agosto de 1994, que restringe la aplicación de las pruebas de anticuerpos contra el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH) - Adopción: 1994-08-26 | Fecha de entrada en vigor: 1994-09-02 | VEN-1994-M-111055 La resolución en cuestión restringe en todo el ámbito nacional la aplicación de las pruebas de anticuerpos contra el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH), en las circunstancias que indica. Establece que dichas pruebas no podrán practicarse sin el consentimiento libre, expreso y manifiesto de la persona que será sometida al examen, y que no podrá exigirse como requisito a las solicitudes de trabajo o para continuar con la actividad laboral; para ingresar en los centros de educación básica, media, diversificada y superior; para dispensar los servicios en salud y en general en todas aquellas situaciones tendentes a limitar el libre ejercicio de los Derechos Individuales, Sociales, Económicos, Políticos y Culturales.