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Paraguay > Inspección del trabajo

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País: Paraguay - Tema: Inspección del trabajo

  1. Paraguay - Inspección del trabajo - Reglamento, Decreto, Orden, Ordenanza

    Decreto núm. 10047 por el cual se reglamenta la inscripción en el registro patronal habilitado por la autoridad administrativa del trabajo y se establecen sanciones por su incumplimiento.

    Adopción: 1995-08-08 | PRY-1995-R-41346

    Todos los empleadores están obligados a inscribirse en el registro en un plazo máximo de 60 días desde el inicio de la relación laboral. El incumplimiento se sancionará con multas que van de diez a 30 salarios mínimos. Los empleadores están obligados a llevar los siguientes libros: a) Registro de empleados y obreros, b) Registro de sueldos y salarios, c)Registro de vacaciones anuales y d) Registro de menores.

  2. Paraguay - Inspección del trabajo - Reglamento, Decreto, Orden, Ordenanza

    Resolución S. G. núm. 333 por la cual se faculta al departamento de protección radiológica y seguridad nuclear a proceder al registro de las instalaciones que utilicen radiaciones ionizantes en el área de la salud, como así también los equipos generadores y sustancias radiactivas y se establecen procedimientos para las inspecciones de habilitación de rutina de cierre y no previstas de dichas instalaciones, tanto para locales públicos como privados de toda la república.

    Adopción: 1994-06-28 | PRY-1994-R-59458

  3. Paraguay - Inspección del trabajo - Reglamento, Decreto, Orden, Ordenanza

    Decreto núm. 3286 por el cual se organiza la Dirección del Trabajo dependiente del Ministerio de Justicia y Trabajo

    Adopción: 1964-03-04 | PRY-1964-R-32961

    La Dirección del Trabajo ejerce la autoridad administrativa del trabajo prevista en los Códigos del Trabajo y Procesal del Trabajo. El decreto enumera las atribuciones del los inspectores del trabajo, en el marco de la Sección de Inspección y Vigilancia de la Dirección del Trabajo.


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