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Country: Uruguay - Subject: Social security (general standards)

  1. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 18241 sobre subsidio otorgado por el Banco de Previsión Social a personas carenciadas entre 65 y 70 años. - Ley

    Adoption: 2007-12-27 | URY-2007-L-77562

    Instituye, a partir del 1 de enero de 2008, un subsidio para personas de sesenta y cinco o más años de edad y menores de setenta años que, careciendo de recursos para subvenir a sus necesidades vitales, integren hogares que presenten carencias críticas en sus condiciones de vida. Dicho subsidio será servido por el Banco de Previsión Social con los fondos que al efecto le transfiera el Ministerio de Desarrollo Social.

  2. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 18235 sobre trabajadores de empresas clausuradas en virtud de lo dispuesto por el artículo 3 del Decreto núm. 1026/973 de 28 de noviembre de 1973. - Ley

    Adoption: 2007-12-26 | URY-2007-L-77570

    Sustituye el literal C) del artículo 1 de la Ley núm. 18033 de 13 de octubre de 2006.

  3. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 18227 de asignaciones familiares. - Ley

    Adoption: 2007-12-22 | URY-2007-L-77565

    Establece, a partir del 1 de enero de 2008, un sistema de asignaciones familiares consistente en prestaciones monetarias a servirse mensualmente por el Banco de Previsión Social, en la forma que determine la reglamentación, en beneficio de niños y adolescentes (artículo 1 de la Ley núm. 17823, de 7 de setiembre de 2004) que residan en el territorio nacional y que, reuniendo los demás requisitos previstos en la presente ley, integren hogares en situación de vulnerabilidad socio-económica o estén en atención de tiempo completo en establecimientos del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay o en instituciones que mantengan convenios con dicho Instituto.

  4. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 18222 de beneficiarios del Banco de Previsión Social internados en hogares de ancianos. - Ley

    Adoption: 2007-12-20 | URY-2007-L-77556

    El Banco de Previsión Social, cumplidos los requisitos establecidos en la presente ley, queda obligado a retener de las jubilaciones, pensiones o prestaciones no contributivas por vejez e invalidez que sirve a los residentes de los hogares de ancianos, (artículo 3 de la Ley núm. 17066, de 24 de diciembre de 1998), debidamente registrados y adheridos al Programa que administra el referido organismo, y de las instituciones públicas que cumplen análogas funciones, las cantidades que le comuniquen destinadas a cubrir los costos de los servicios que prestan a sus residentes y previo consentimiento de éstos debidamente documentado.

  5. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 18211 del Sistema Nacional Integrado de Salud. - Parlamento

    Adoption: 2007-12-05 | Date of entry into force: 2008-01-01 | URY-2007-L-86022

    Reglamenta el derecho a la protección de la salud que tienen todos los habitantes residentes en el país y establece las modalidades para su acceso a servicios integrales de salud. Regula lo referente a la creación, funcionamiento y finanaciación del sistema nacional integrado de salud.

  6. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 18131 de Creación del Fondo Nacional del Salud. - Ley

    Adoption: 2007-05-18 | URY-2007-L-76203

    Dispone la creación del Fondo Nacional de Salud (FONASA), el que será administrado por el Banco de Previsión Social (BPS) y financiará el régimen de prestación de asistencia médica de los beneficiarios del Seguro de Enfermedad del BPS, de los jubilados del BPS que hicieran la opción prevista por el artículo 187 de la Ley núm. 16713, de 3 de setiembre de 1995, de los funcionarios públicos y de otros dependientes del Estado.

  7. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 18119 de topes jubilatorios comprendidos en el acto institucional núm. 9. - Ley

    Adoption: 2007-04-27 | URY-2007-L-76049

    Dispone que las personas jubiladas por el régimen del llamado Acto Institucional núm. 9, de 23 de octubre de 1979, y modificativas, cuyos ceses en la actividad se produjeron a partir del 1 de enero de 1994, y sus pasividades fueron limitadas por el tope jubilatorio de siete salarios mínimos nacionales, tendrán derecho a la reliquidación de sus pasividades sobre la base de aumentar el mencionado tope inicial a partir del año 1994, inclusive, a razón de un salario mínimo nacional por año, según la fecha de cese, hasta alcanzar el límite máximo establecido por el inciso segundo del artículo 76 de la Ley núm. 16713, de 3 de setiembre de 1995.

  8. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 18095 sobre jubilados del Banco de Previsión Social que perciben menores ingresos e integran hogares de escasos recursos económicos. - Ley

    Adoption: 2007-01-10 | URY-2007-L-75268

    Establece gradualmente una prima por edad para las personas que se encuentren en el goce de una jubilación servida por el Banco de Previsión Social y cumplan con determinadas condiciones que especifica.

  9. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 18091 de créditos o prestaciones laborales originados en la relación de trabajo. - Ley

    Adoption: 2007-01-07 | URY-2007-L-75251

    Establece que las acciones originadas en las relaciones de trabajo prescriben al año, a partir del día siguiente a aquél en que haya cesado la relación laboral en que se fundan.

  10. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 18033 sobre ciudadanos que no pudieron acceder al trabajo por razones políticas o sindicales entre el 9 de febrero de 1973 y el 28 de febrero de 1985. Recuperación de sus derechos jubilatorios y pensionarios. - Ley

    Adoption: 2006-10-13 | URY-2006-L-74862

    Está estructurada de la siguiente forma:
    Capítulo 1: Ambito Subjetivo
    Capítulo 2: Cómputo ficto de servicios y afiliación
    Capítulo 3: Régimen Jubilatorio y pensionario
    Capítulo 4: Exclusiones
    Capítulo 5: Pensión especial reparatoria
    Capítulo 6: Financiación
    Capítulo 7: Comisión Especial
    Capítulo 8: Procedimiento

  11. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 17993 sobre jubilación por edad avanzada. - Ley

    Adoption: 2006-07-23 | URY-2006-L-74865

    Modifica el artículo 77 de la Ley núm. 17738, de 7 de enero de 2004, sobre la configuración de la causal de jubilación por edad avanzada. Establece que para configurar causal de jubilación avanzada se requerirá el cumplimiento de 70 años de edad para el hombre. En el caso de la mujer, dicha edad se requerirá recién en el año 2010.

  12. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 17856 de base de prestaciones y contribuciones. - Ley

    Adoption: 2004-12-20 | URY-2004-L-72394

    Crea la Base de Prestaciones y Contribuciones (como base de aportación a la seguriedad social, como monto mínimo o máximo de prestaciones sociales, o cualquier otra unidad de cuenta o indexación) que será equivalente al valor del salario mínimo nacional y se actualizará en función de la situación financiera del Estado y a opción del Poder Ejecutivo, en las mismas oportunidades que los ajustes generales de remuneraciones de la Administración Central, en un porcentaje equivalente a la variación del índice de precios al consumo que publica el Instituto Nacional de Estadística en el período entre ajuste o la variación del índice medio de salarios que publica el Instituto Nacional de Estadística en el período comprendido entre el penúltimo mes previo a la fecha de vigencia del ajuste anterior y el penúltimo mes previo a la vigencia del nuevo valor.

  13. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 17859 de subsidio por incapacidad. - Ley

    Adoption: 2004-12-08 | URY-2004-L-72383

    Modifíca el literal C) del artículo 22 de la Ley Nº 16.713, de 3 setiembre de 1995, sustituyéndolo por el siguiente:
    "C) Que se haya verificado el cese del cobro de las retribuciones de actividad en la que se produjo la causal del subsidio transitorio y durante el período de percepción del mismo".

  14. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 17847 de pensiones por discapacidad. - Ley

    Adoption: 2004-11-26 | URY-2004-L-72385

    Establece que los beneficiarios de pensión por invalidez que a partir de la vigencia de la presente ley, ya se hubieren amparado o amparen a los beneficios previstos por la Ley Nº 17.266, de 22 de setiembre de 2000, y cuenten con ingresos por actividad remunerada, sea la misma pública o privada, tienen derecho al cobro de la totalidad del monto de la prestación no contributiva en tanto que dichos ingresos no superen el monto equivalente a tres pensiones por invalidez.

  15. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 17819 de régimen de acumulación de servicios a efectos de configurar causal de jubilación, retiro o pensión. - Ley

    Adoption: 2004-09-06 | URY-2004-L-72395

    Dispone que los servicios legalmente computables podrán ser acumulados a efectos de configurar causal de jubilación, retiro o pensión ante cualquier entidad de Seguridad Social.
    Regula asimismo lo relativo al cálculo y pago a prorrata de los beneficios y la gestión del trámite de acumulación.

  16. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 17786 de subsidio por enfermedad. - Ley

    Adoption: 2004-06-15 | URY-2004-L-72387

    Sustituye el artículo 25 del Decreto-Ley núm. 14.407, de 22 de julio de 1975, por el siguiente texto:
    "El subsidio por enfermedad común no es acumulable a la percepción del subsidio por desempleo, ni a retribuciones de actividad, ni al adelanto prejubilatorio, ni a las indemnizaciones temporarias por accidente de trabajo".

  17. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 17437: Denomínase Caja Notarial de Seguridad Social a la Caja Notarial de Jubilaciones y Pensiones creada por la Ley núm. 10062. - Parlamento

    Adoption: 2001-12-20 | URY-2001-L-86039

    Posee la siguiente estructura:
    Título I: De la Caja Notarial de Seguridad Social
    Título II: Del Gobierno y Administración
    Título III: Del patrimonio y los recursos
    Título IV: De los afiliados
    Título V: Del sistema previsional
    Título VI: Régimen de Transición
    Título VII: De la materia gravada y de las asignaciones computables
    Título VIII: Disposiciones Generales

  18. Uruguay - Social security (general standards) - Regulation, Decree, Ordinance

    Decreto núm. 126/001 por el que se dictan normas relativas a la fusión de Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional.

    Adoption: 2001-04-09 | URY-2001-R-59221

    Regula, entre otros aspectos, los derechos y garantías de los afiliados, el régimen legal aplicable y las disposiciones especiales en los casos de fusiones de administradoras de fondos de ahorro previsional, la transferencia de los fondos de ahorros previsionales, de las reservas especiales de las administradoras fusionadas y de los aportes y contribuciones durante el proceso de fusión, las disposiciones especiales aplicables a la nueva administradora en caso de fusión por creación y como consecuencia de la misma, las disposiciones aplicables a la administradora absorbente en caso de fusión por incorporación y las facultades del proceso de fusión de administradoras de fondos de ahorro previsional.

  19. Uruguay - Social security (general standards) - Regulation, Decree, Ordinance

    Decreto núm. 123/001 por el cual se reglamenta el régimen de inversiones permitidas para los Fondos de Ahorro Previsional previsto en los artículos 13 y 123 de la Ley núm. 16713.

    Adoption: 2001-04-05 | URY-2001-R-59222

  20. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 17266 por la que se autoriza la compatibilidad entre la actividad del discapacitado en cualquier forma pública o privada con la pensión por invalidez. - Ley núm. 17266

    Adoption: 2000-09-22 | URY-2000-L-66401

    Establece que queda autorizada la compatibilidad entre la actividad del discapacitado, en cualquier forma pública o privada, con la pensión por invalidez y que la jubilación común generada por dicha actividad del discapacitado será también compatible con dicha pensión.

  21. Uruguay - Social security (general standards) - Regulation, Decree, Ordinance

    Decreto núm. 116/000 por el cual se establecen los porcentajes que podrán alcanzar las inversiones en valores emitidos por el Estado Uruguayo con respecto al total del activo del Fondo de Ahorro Previsional.

    Adoption: 2000-04-26 | URY-2000-R-56674

  22. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 17217 por la que se dictan normas relativas a la facultad del Banco de Previsión Social para dar en uso viviendas a jubilados.

    Adoption: 1999-09-24 | URY-1999-L-54568

  23. Uruguay - Social security (general standards) - Regulation, Decree, Ordinance

    Decreto núm. 218/999, por el que se reglamenta la inscripción de las sociedades administradoras de fondos complementarios de previsión social en el registro a cargo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

    Adoption: 1999-07-21 | URY-1999-R-54561

  24. Uruguay - Social security (general standards) - Regulation, Decree, Ordinance

    Decreto 193/999, por el que se dictan normas relativas a la aprobación y puesta en práctica, por parte del Banco de Previsión Social, del Manual de Procedimientos establecido por el Decreto 382/998.

    Adoption: 1999-06-30 | URY-1999-R-54560

  25. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 17106 por la que se dictan normas por pensión a la vejez o invalidez cuando el beneficiario sea discapacitado severo. - Ley

    Adoption: 1999-05-11 | URY-1999-L-72158

    Dispone que la prestación no contributiva por pensión a la vejez o invalidez cuando el beneficiario sea un discapacitado severo que no pueda dirigirse a sí mismo o administrar sus negocios, la podrá hacer efectiva el cónyuge, los padres, hijos y hermanos legítimos o naturales, que lo tengan totalmente a su cargo.

  26. Uruguay - Social security (general standards) - Regulation, Decree, Ordinance

    Decreto núm. 381/998, del ministerio de trabajo y seguridad social, por el que se aprueba el baremo para la valoración del grado de invalidez, de aplicación a todas las actividades amparadas por el Banco de Previsión Social.

    Adoption: 1999-01-21 | URY-1999-R-52799

    Establece los grados de invalidez a partir de los cuales se considerará ésta como absoluta o como parcial. Se determinan las deficiniciones, las consideraciones generales, el estudio del puesto de trabajo y la consideración de otros factores complementarios para la valoración del grado de invalidez. Proporciona la metodología para la evaluación de los impedimentos: del sistema hematopoyético, del sistema nervioso, del aparato cardiovascular, del aparato respiratorio, del aparato urinario y genital, del aparato digestivo, de la piel, producidos por el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA), de origen endocrino, por causas psíquicas, por causas neóplasticas, de origen sensorial y del sistema musculoesquelético.

  27. Uruguay - Social security (general standards) - Regulation, Decree, Ordinance

    Decreto núm. 382/998, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por el que se dictan normas referidas a jubilación por incapacidad total y subsidio transitorio por incapacidad parcial.

    Adoption: 1998-12-24 | URY-1998-R-52800

    Contempla las actividades cubiertas por el decreto, el ámbito temporal de aplicación, el organismo competente para el otorgamiento de la jubilación por incapacidad total o del subsidio transitorio por incapacidad parcial, el procedimiento (solicitud, período de calificación, citación del afiliado, dictamen, vista a los interesados), y dicta las funciones, composición y facultades de las comisiones técnicas evaluadoras.

  28. Uruguay - Social security (general standards) - Regulation, Decree, Ordinance

    Decreto núm. 361/998, mediante el que se dictan normas referidas a la contribución especial patronal por servicios bonificados creada por el artículo 39 de la ley núm. 16713.

    Adoption: 1998-12-08 | URY-1998-R-52362

  29. Uruguay - Social security (general standards) - Regulation, Decree, Ordinance

    Decreto núm. 280/998, por el que se sustituye el numeral 6° del apartado d) del artículo 9 del Decreto núm. 14/982, referente al régimen de prestaciones destinadas a cubrir la contingencia del desempleo forzoso.

    Adoption: 1998-10-14 | URY-1998-R-51810

    Establece que no se tomarán como ingresos, que inhiban del goce del subsidio por desempleo, los ingresos complementarios voluntariamente servidos por los empleadores durante el periodo desocupacional, sea en forma voluntaria o provenientes de laudos o convenios colectivos que establezcan subsidios por desempleo propios.

  30. Uruguay - Social security (general standards) - Regulation, Decree, Ordinance

    Decreto núm. 282/998, por el que se dictan normas referidas a los servicios bonificados cumplidos por los afiliados comprendidos en los artículos 61 y 64 de la ley núm. 16713.

    Adoption: 1998-10-09 | URY-1998-R-51808

    Decreta que los servicios bonificados cumplidos por los afiliados comprendidos en los artículos 61 y 64 de la ley núm. 16713 (por la que se crea el sistema previsional) serán considerados como finales a los efectos de la bonificación del cómputo y de la actuación mínima final de diez años.

  31. Uruguay - Social security (general standards) - Regulation, Decree, Ordinance

    Decreto núm. 131/997 por el cual se adoptan medidas tendientes a corregir el funcionamiento del nuevo sistema previsional establecido por la ley núm. 16713.

    Adoption: 1997-04-23 | URY-1997-R-47045

  32. Uruguay - Social security (general standards) - Regulation, Decree, Ordinance

    Decreto núm. 526/996 por el cual se reglamenta la realización de los traspasos, orientado a permitir la movilidad de los afiliados a la Administradora de Fondos de Ahorro previsional (AFAP)

    Adoption: 1996-12-31 | URY-1996-R-46209

    Dispone sobre el cambio de Administradora, el procedimiento, la representación y determinación del valor del fondo de ahorro previsional, los poderes jurídicos del Banco Central y el cálculo de las rentabilidades del Fondo de Ahorro Previsional. Asimismo, contiene disposiciones tributarias.

  33. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 16759 por la cual se sustituyen y modifican artículos de la ley núm. 16713, por la cual se creó el sistema previsional.

    Adoption: 1996-07-04 | URY-1996-L-45264

    Las modificaciones se refieren al cálculo del sueldo básico jubilatorio de los trabajadores de industrias en que se hayan producido o produzcan despidos colectivos o individuales como consecuencia de cierre, clausura total o parcial. También dispone sobre los integrantes del núcleo familiar del beneficiario a efectos de la pensión y sobre las retenciones a efectos de la prestación asistencial no contributiva por vejez e invalidez.

  34. Uruguay - Social security (general standards) - Regulation, Decree, Ordinance

    Decreto núm. 220/996 por el cual se sustituye el artículo 37 del decreto núm. 113/996, referente a los deportistas profesionales, pues se entiende pertinente que por el período contractual vigente, los referidos abonen las contribuciones especiales de seguridad social sobre fictos.

    Adoption: 1996-06-12 | URY-1996-R-44766

  35. Uruguay - Social security (general standards) - Regulation, Decree, Ordinance

    Decreto núm. 210/996 por el cual se otorgan incentivos a aquellos funcionarios que tuvieran 60 años de edad al 1ro de enero de 1997, con causal de disponibilidad por reestructura y causal jubilatoria.

    Adoption: 1996-06-04 | URY-1996-R-44765

    El incentivo será el equivalente a 18 meses de su retribución integrada por: el sueldo base, los beneficios sociales, las compensaciones por antiguedad y por ocho horas y compensaciones extraordinarias que perciban hasta el mes inmediato anterior al de la fecha de aceptación de la renuncia. Por cada año mayor a los 60 que tenga el funcionario el incentivo se verá disminuído a razón de un mes por año. Se regulan similares incentivos para quiene renuncien definitivamente a la función pública.

  36. Uruguay - Social security (general standards) - Regulation, Decree, Ordinance

    Decreto núm. 125/996 de fecha 1 de abril de 1996, por el cual se aplica el régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional y ahorro individual obligatorio establecido por la ley núm. 16713.

    Adoption: 1996-04-01 | URY-1996-R-47836

    El Título I regula el régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional el cual comprende a todas las actividades amparadas por el Banco de Previsión Social, bajo el régimen de afiliación múltiple vigente a la fecha de promulgación de la ley que se reglamente. Se dispone sobre las asignaciones computables en caso de múltiple empleo, la afiliación múltiple, la jubilación por incapacidad total y el subsidio transitorio por incapacidad parcial, la determinación del monto y demás condiciones de las prestaciones, el cómputo de periodos, el régimen aplicable a los afiliados por causal jubilatoria al 31 de diciembre de 1996. El Título II, del régimen de jubilación por ahorro individual obligatorio, regula el financiamiento de las prestaciones del régimen de ahorro individual, el cálculo del monto y prestaciones, pago de las mismas y cálculo de las rentabilidades nominal y real. El Título III regula el procedimiento y órganos competentes para el reconocimiento de la incapacidad para todo trabajo o para el empleo o profesión habitual.

  37. Uruguay - Social security (general standards) - Regulation, Decree, Ordinance

    Decreto núm. 399/995 por el cual se reglamenta el funcionamiento de las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional a que hacen referencia los artículos 92 y siguientes de la ley núm. 16713.

    Adoption: 1995-11-03 | URY-1995-R-42637

    El nuevo sistema previsional comprende a los afiliados activos del Banco de Previsión Social menores de 40 años al 1ro de abril de 1996 y a los afiliados nuevos que, a partir de la misma fecha, cualquiera sea su edad, ingresen por primera vez al mercado de trabajo. Todo afiliado al régimen de jubilación por ahorro individual podrá elegir libremente una administradora. El afiliado que registre al menos seis meses de aportes en una Administradora tiene derecho a cambiar de AFAP. Se regulan las aportaciones personales, en caso de múltiple empleo, sobre sueldo anual complementario, en relación a los subsidios por períodos de inactividad compensada así como las aportaciones patronales. Se regula la acreditación de los recursos del Fondo de Ahorro Previsional, las inversiones, responsabilidades y obligaciones de las Administradoras y Empresas aseguradoras. Se dictan disposiciones sobre el Régimen Jubilatorio de los cargos docentes.

  38. Uruguay - Social security (general standards) - Regulation, Decree, Ordinance

    Decreto núm. 359/995 por el cual se procede por la vía reglamentaria a dar cumplimiento en lo que tiene relación con el régimen pensionario regulado por la ley núm. 16713

    Adoption: 1995-09-21 | URY-1995-R-42634

    Regula las causales de pensión, los beneficiarios, la suspensión de la jubilación o pensión, la pérdida del derecho a la pensión, la asignación de pensión, la distribución de la asignación, el concepto de núcleo familiar, la reliquidación entre copartícipes de pensión.

  39. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 16713 por la cual se crea el sistema previsional que se basa en el principio de universalidad y comprende en forma inmediata y obligatoria a todas las actividades amparadas por el Banco de Previsión Social.

    Adoption: 1995-09-03 | Date of entry into force: 1996-04-01 | URY-1995-L-42633

    El sistema previsional comprende a todas las personas menores de 40 años a la fecha de entrada en vigencia. Cubre los riesgos de invalidez, vejez y sobrevivencia basándose en un régimen mixto que comprende el régimen de jubilación por solidaridad intergeneracional y el régimen de jubilación por ahorro individual obligatorio. La jubilacion puede ser: común, por incapacidad total y por edad avanzada. Establece el modo de cálculo del sueldo básico jubilatorio así como de las otras prestaciones. Los aportes destinados al régimen de jubilación por ahorro individual serán administrados por personas jurídicas de derecho privado, organizadas mediante la modalidad de sociedades anónimas, cuyas acciones serán nominativas, denominadas Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional (AFAP). Se regula la autorización, requisitos, afiliación, fondo de ahorro previsional, inversiones, responsabilidades y obligaciones, régimen impositivo y sistema de control de las AFAP.

  40. Uruguay - Social security (general standards) - Regulation, Decree, Ordinance

    Decreto núm. 43/995 por el cual se modifica el numeral 7 del artículo 1 del decreto núm. 290/982 para dar una seguridad jurídica a los agentes económicos y los contribuyentes respecto de la materia gravada en relación con las aportaciones de seguridad social.

    Adoption: 1995-01-25 | URY-1995-R-40129

    No constituyen materia gravada a los fines de las contribuciones especiales de la seguridad social: A) las retribuciones percibidas por profesionales universitarios en virtud de los contratos de arrendamiento de servicios y obra y B) las retribuciones por concepto de servicios prestados por empresas unipersonales salvo que se compruebe que la relación contractual se estableció para evitar el pago de contribuciones especiales a la seguridad social.

  41. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 16673 por la cual se interpreta que la causal jubilatoria prevista en la ley núm. 15900, se considerará configurada cuando el Directorio del Banco de Previsión Social resuelva el otorgamiento de la pasividad.

    Adoption: 1994-12-13 | URY-1994-L-40125

  42. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 16565 por la cual quedan obligatoriamente comprendidos en el régimen de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias, los Bancos Públicos y privados y todas las empresas de intermediación autorizadas por el Poder Ejecutivo por decreto-ley núm. 15.322

    Adoption: 1994-08-21 | URY-1994-L-39537

    También quedan obligatoriamente comprendidos el Banco de Seguros del Estado, las compañías de seguros, la Bolsa de Comercio, las entidades gremiales de patronos, trabajadores, jubilados y pensionistas de la actividad financiera con personalidad jurídica y las empresas que sean propiedad de entidades afiliadas al instituto en determinados casos. Para que se acumulen servicios anteriores amparados por otros organismos de seguridad social el personal comprendido en el art. 1 deberá completar 3 años de actividad continua o discontinua posterior a la vigencia de la ley y para los que ingresen con posterioridad este período se extenderá a 5 años, salvo excepciones. La Caja podrá organizar regímenes complementarios al sistema general. Los afiliados a la Caja que cesen o hayan cesado en la actividad sin causal jubilatoria podrán optar por mantener afiliación voluntaria abonando el monto de los aportes patronales y personales sobre la base de una asignación ficta fijada por la Caja. El período de afiliación voluntaria se asimilará a la situación de actividad, etc.

  43. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 16528 por la que se sustituye el artículo 490 de la ley núm. 16226 relativo al sueldo básico jubilatorio de los trabajadores que se encuentren en seguro por desempleo, con un trato especial para los de la empresa Campomar y Soulas S.A.

    Adoption: 1994-08-17 | URY-1994-L-38300

    El sueldo básico jubilatorio de los trabajadores que se encuentren en seguro por desempleo, subsidio por maternidad o por enfermedad se calculará tomando el promedio de las asignaciones computables actualizadas percibidas durante los períodos efectivamente trabajados.

  44. Uruguay - Social security (general standards) - Regulation, Decree, Ordinance

    Decreto núm. 411/94 por el cual se declara que en el caso de que se otorgue cualquiera de los beneficios enumerados en el artículo 1 del decreto 219/94, no constituyen materia gravada a los efectos de la seguridad social.

    Adoption: 1994-07-09 | URY-1994-R-39538

    Cuando éstos beneficios tales como comedor, canasta básica, etc no constituyan materia gravada a los efectos de las contribuciones especiales de la seguridad social, los mismos no deben exceder de 25 por ciento de la retribución total neta que recibe en efectivo el trabajador y deben otorgarse únicamente en especie. A los fines de la aplicación de esta norma se considera familia del trabajador a sus padres, hijos y cónyuges.

  45. Uruguay - Social security (general standards) - Regulation, Decree, Ordinance

    Decreto núm. 219/94 por el cual se declara que no constituyen materia gravada, a los fines de las contribuciones especiales de seguridad social las determinadas prestaciones que perciban trabajadores dependientes.

    Adoption: 1994-05-07 | URY-1994-R-39535

    No constituyen materia gravada los servicios de comedor, canasta familiar, pago de la cuota mutual de la familia del trabajador, provisión de ropa y herramientas asignadas al trabajador.

  46. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 16468 por la que se prorroga por determinado período lo dispuesto por la ley nún. 16377, relativo al aporte rural al seguro social de enfermedad.

    Adoption: 1994-02-18 | URY-1994-L-36857

  47. Uruguay - Social security (general standards) - Regulation, Decree, Ordinance

    Resolución núm. 146/994 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por la que se aprueba el proyecto de resolución sobre normas administrativas para la aplicación del Convenio de seguridad social entre Uruguay y Paraguay

    Adoption: 1994-02-07 | URY-1994-R-36859

  48. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 16464 por la que se declara que el producido del impuesto que grava a jubilaciones y pensiones servidas por el Banco de Previsión Social (artículo 25 del decreto ley núm. 15294) queda afectado a la construcción de viviendas para el usufructo de jubilados y pensionistas

    Adoption: 1994-01-12 | URY-1994-L-36300

  49. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 16460 por la que se establece que se dispone de determinado plazo, a partir de la vigencia de la presente ley, para optar por la jubilación o reintegrarse a los cargos que desempeñaban las personas que hubieran pasado a retiro en virtud de los decretos núms. 141/993 y 182/993, respectivamente.

    Adoption: 1993-12-30 | URY-1993-L-36298

    Las personas que hubieren pasado a retiro para acogerse a la jubilación anticipada dispondrán de un plazo de 30 días para optar por la jubilación o reintegrarse a los cargos que desempeñaban.

  50. Uruguay - Social security (general standards) - Law, Act

    Ley núm. 16449 por la que se autoriza al Banco de Previsión Social y a las Cajas Paraestatales de Jubilaciones y Pensiones a retener los haberes destinados a cubrir los costos de servicios asistenciales, destinados al cuidado de la salud

    Adoption: 1993-12-15 | URY-1993-L-36296

    La retención de los haberes destinados a cubrir los costos de servicios asistenciales podrá hacerse a solicitud de cualquiera de las asociaciones de jubilados y pensionados que tengan personería jurídica, previa conformidad de los interesados.

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