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Country: Peru - Subject: Conditions of work
Peru - Conditions of work - Regulation, Decree, Ordinance
Decreto Supremo núm. 010-2020-TR, de 23 de marzo, que desarrolla disposiciones para el Sector Privado, sobre el trabajo remoto previsto en el Decreto de Urgencia núm. 026-2020, que establece medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del COVID-19 - Adoption: 2020-03-23 | Date of entry into force: 2020-03-25 | PER-2020-R-110229 El decreto en cuestión desarrolla disposiciones para el sector privado, sobre el trabajo remoto previsto en el Decreto de Urgencia núm. 026-2020, decreto que establece medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del COVID-19. Faculta a las partes a acordar la compensación de los gastos adicionales derivados del uso de medios o mecanismos para el desarrollo de trabajo remoto proporcionados por el/la trabajador/a. Establece el deber de el/la empleador/a de informar a el/la trabajador/a las medidas, condiciones y recomendaciones de seguridad y salud en el trabajo que deberá observar durante la ejecución del trabajo remoto, incluyendo aquellas medidas que el/la trabajador/a debe observar para eliminar o reducir los riesgos más frecuentes en el empleo del trabajo remoto, debiendo asimismo especificar el canal a través del cual el/la trabajador/a pueda comunicarle sobre los riesgos adicionales que identifique y que no se hayan advertido previamente, o los accidentes de trabajo que hubieran ocurrido mientras se realice el trabajo remoto con el objeto de que el/la empleador/a le indique las medidas pertinentes a tomar. Dispone que la jornada ordinaria de trabajo que se aplique al trabajo remoto sea la jornada pactada con el/la empleador/a antes de iniciar la modalidad de trabajo remoto o la que hubieran reconvenido con ocasión del mismo, y que en ningún caso la jornada ordinaria pueda exceder de 8 horas diarias o 48 horas semanales. Obliga a el/la empleador/a a priorizar y aplicar el trabajo remoto en los/las trabajadores/as mayores de 60 años así como en aquellos/as que padezcan alguno de los siguientes factores de riesgo: hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, enfermedad pulmonar crónica, cáncer, otros estados de inmunosupresión, considerados en el grupo de riesgo.
Peru - Conditions of work - Law, Act
Ley núm. 30646, de 15 de agosto de 2017, que regula el descanso físico adicional del personal de la salud por exposición a radiaciones ionizantes o sustancias radiactivas - Adoption: 2017-08-15 | Date of entry into force: 2017-08-18 | PER-2017-L-106269 La ley citada regula el descanso físico adicional del personal de la salud por exposición a radiaciones ionizantes o sustancias radiactivas. Señala el personal de la salud comprendido y establece la extensión del descanso físico adicional que habrá de gozar. Asimismo, prohíbe al personal de la salud beneficiado laborar durante el periodo de descanso físico adicional, bajo apercibimiento de imponerle la sanción que se establezca en su reglamento.
Peru - Conditions of work - Law, Act
Ley núm. 30119 que concede el derecho de licencia al trabajador de la actividad pública y privada para la asistencia médica y la terapia de rehabilitación de personas con discapacidad. - Adoption: 2013-12-02 | PER-2013-L-95668 Tiene por objeto establecer el derecho del trabajador de la actividad pública y privada a gozar de licencia para la asistencia médica y la terapia de rehabilitación que requieran sus hijos menores con discapacidad, menores con discapacidad sujetos a su dependencia o sujetos a su curatela.
Peru - Conditions of work - Law, Act
Ley núm. 30012 que concede el derecho de licencia a trabajadores con familiares directos que se encuentran con enfermedad en estado grave o terminal o sufran accidente grave. - Adoption: 2013-04-17 | PER-2013-L-93504 Tiene por objeto establecer el derecho del trabajador de la actividad pública y privada a gozar de licencia en los casos de tener un hijo, padre o madre, cónyuge o conviviente enfermo diagnosticado en estado grave o terminal, o que sufra accidente que ponga en serio riesgo su vida, con el objeto de asistirlo.
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Decreto Supremo núm. 012-2002-TR que modifica el Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo. Adoption: 2002-08-08 | PER-2002-R-61772 Modifica los artículos 11 y 25 del Decreto Supremo núm. 008-2002-TR en lo concerniente a los trabajadores de confianza comprendidos en la jornada máxima, al pago de las labores prestadas en sobretiempo y a la determinación de la cantidad de horas extra laboradas para efectos de la aplicación de las sobretasas.
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Decreto Supremo núm. 008-2002-TR por el que se dicta el Reglamento del Decreto Legislativo núm. 854 modificado por la Ley núm. 27671, sobre jornada de trabajo, horario y trabajo en sobretiempo. Adoption: 2002-07-13 | PER-2002-R-68489 Dicta las normas reglamentarias que permiten la adecuada aplicación del citado Decreto Legislativo núm. 85 y sus modificaciones.
Dispone, entre otras cuestiones, que el empleador deberá dar a conocer por medio de carteles colocados en un lugar visible de su establecimiento o por cualquier otro medio adecuado, las horas en que se inicia y culmina la jornada de trabajo. Asimismo, el empleador deberá dar a conocer la oportunidad en que se hace efectivo el horario de refrigerio.
Peru - Conditions of work - Law, Act
Texto único ordenado del Decreto Legislativo núm. 854, Ley de jornada de trabajo, horario y trabajo en sobretiempo, modificado por Ley núm. 27671. Adoption: 2002-07-03 | PER-2002-L-68488 El texto único ordenado está extructurado de la siguiente forma: Título I: De la Jornada de Trabajo. Título II: Del Horario de Trabajo. Título III: Trabajo Nocturno. Título IV: Sobretiempo.
En el artículo 1 dispone que la jornada ordinaria de trabajo para varones y mujeres mayores de edad es de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales como máximo.
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Resolución Legislativa núm. 26550 por la cual se acepta denuncia del Convenio Internacional del Trabajo núm. 20, relativo al trabajo nocturno en las panaderías. Adoption: 1995-12-05 | PER-1995-L-42402
Peru - Conditions of work - Miscellaneous (circular, directive, legal notice, instruction, etc.)
Comunicado oficial núm. 011-94-RR.PP., por el que se autoriza a los empleadores y trabajadores para que acuerden sustituir la fecha en que les corresponde gozar el descanso físico de los feriados no laborables. Adoption: 1994-07-27 | PER-1994-M-38248 No obstante la modificación del artículo 7 del decreto legislativo núm. 713 dispuesta por la ley núm. 26331, en el sector privado los empleadores y trabajadores podrán realizar ese tipo de acuerdos.
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Ley núm. 26331 por la que se dispone que diversos feriados en el artículo 7 del decreto legislativo núm. 713 se hagan efectivos en la fecha correspondiente. - Adoption: 1994-06-17 | PER-1994-L-68486 Dispone que los feriados establecidos en el artículo 6 se celebrarán en la fecha respectiva y que cualquier otro feriado no laborable de ámbito no nacional o gremial, se hará efectivo el día lunes inmediato posterior a la fecha, aún cuando corresponda con el descanso del trabajador.
Peru - Conditions of work - Miscellaneous (circular, directive, legal notice, instruction, etc.)
Directiva nacional núm. 001-94-DNRT, por la que se establecen los lineamientos que permiten regular la correcta aplicación del procedimiento sobre las facultades por iniciativa del empleador, contenidas en el decreto ley núm. 25921. Adoption: 1994-05-31 | PER-1994-M-37373 Requisitos que debe contener la solicitud, auto admisorio, Junta de Conciliación, resolución ficta o expresa, lineamientos para la resolución, obligación funcional de la autoridad del trabajo.
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Decreto ley núm. 26136 por el que se regulan las jornadas ordinarias y extraordinarias de trabajo Adoption: 1992-12-24 | Date of entry into force: 1992-12-31 | PER-1992-L-32660 La jornada ordinaria es de ocho horas diarias y 48 semanales. El exceso se remunera extraordinariamente. Cuando en un centro de trabajo la jornada habitual sea inferior, la extensión más allá de la jornada establecida se pagará como sobretiempo. La extensión de la jornada es voluntaria para el empleador y para el trabajador. Las horas extraordinarias se podrán compensar con periodos de descanso. El art. 7 dispone que "Conforme a lo dispuesto por el artículo 5 del Convenio núm. 1 de la OIT,y artículo 2 del decreto legislativo núm. 713, en los centros de trabajo en los que se labora regímenes alternativos o acumulativos de jornadas de trabajo o descanso, el límite diario de horas de trabajo podrá no ser aplicable si es que el promedio de horas semanales de trabajo no excede de 48 horas. Para hallar dicho promedio se tomará en cuenta el número de semanas de trabajo y descanso que corresponde al respectivo régimen".
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Decreto Supremo núm. 012-92-TR por el que se dicta el Reglamento del Decreto Legislativo núm. 713 sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada. - Adoption: 1992-12-02 | PER-1992-R-68487 Dispone que la remuneración por el día de descanso obligatorio de los trabajadores remunerados semanalmente es equivalente a la de una jornada ordinaria y se abonará en forma directamente proporcional al número de días efectivamente trabajados en dicho período.
Contempla, asimismo, el descanso en días feriados y las vacaciones anuales.
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Decreto ley núm. 25921 por el que se establece procedimiento de facultades del empleador Adoption: 1992-11-27 | PER-1992-L-32659 Establece el procedimiento a que se deberá someter la iniciativa del empleador para modificar turnos, días u horas de trabajo, modificar, suspender o sustituir prestaciones de orden económico y condiciones de trabajo y suspender temporalmente la relación laboral, excepto en los casos establecidos en el art. 51 del decreto legislativo núm. 728. El empleador tratará directamente con los trabajadores y si estos se negaran a tratar o rechazaran las propuestas, el empleador podrá recurrir al Ministerio de Trabajo, el que resolverá definitivamente en la instancia administrativa. Se deroga el art. 2 del decreto legislativo núm. 692.
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Decreto supremo núm. 039-91-TR, por el que se establece el reglamento interno de trabajo, que determine las condiciones a que deben sujetarse los empleadores y trabajadores en el cumplimiento de sus prestaciones. Adoption: 1991-12-30 | PER-1991-R-27579 Está obligado a contar con un reglamento interno de trabajo todo empleador que ocupe a más de 100 trabajadores. El reglamento deberá contener las principales disposiciones de la normativa laboral vigente y quedará aprobado por la autoridad administrativa de trabajo a su sola presentación. Los trabajadores que consideren que el reglamento viola disposiciones legales o convencionales vigentes en el centro de trabajo podrán accionar judicialmente.
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Decreto supremo núm. 178-91-PCM por el que se dictan normas respecto al derecho a descanso remunerado en los días feriados de los trabajadores del sector público, comprendidos en el régimen del decreto ley núm. 11377 y decreto legislativo núm. 276. Adoption: 1991-12-04 | PER-1991-R-27574
Peru - Conditions of work - Law, Act
Decreto legislativo núm. 713, por el que se consolida la legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada. Adoption: 1991-11-07 | PER-1991-L-26374 Consta de tres capítulos: descanso semanal obligatorio, descanso en días feriados, vacaciones anuales. El descanso semanal obligatorio es de 24 horas consecutivas, como mínimo, de preferencia el domingo. El empleador podrá establecer regímenes alternativos o acumulativos de jornadas de trabajo y descanso o designar un día distinto al domingo para el descanso. La jornada de descanso será remunerada y la labor en un día de descanso sin reposo sustitutivo se abonará doble. Los feriados obligatorios, que se enumeran, son no laborables. Las vacaciones anuales serán de treinta días por cada año completo de servicios. El otorgamiento de las vacaciones anuales estará condicionado al cumplimiento de un mínimo de jornadas de labor efectiva durante el año correspondiente. Quedan derogados distintos instrumentos: leyes núms. 3010, 7515, 8881, 9049, 13683, 23222; los decretos leyes núms. 18445, 21106 y 21187. También se derogan los artículos 9, 10, 11, 13, 15 y 17 del decreto ley núm. 10908, del 3 de diciembre de 1948, por el que se instituyó un régimen de participación de empleados y obreros en las utilidades de las empresas (Serie Legislativa, 1948-Perú 2 ... SL, 1953-Perú 1).
Peru - Conditions of work - Law, Act
Decreto legislativo núm. 692, por el que se dispone que las modificaciones que puedan introducirse en las jornadas de trabajo vigentes deben efectuarse mediante acuerdos directos entre el empleador y sus trabajadores. Adoption: 1991-11-05 | PER-1991-L-32661 Art. 1: Los horarios vigentes en los centros de trabajo deberán procurar maximizar el rendimiento de las labores productivos a fin de incrementar los niveles de producción y productividad, así como facilitar la generación de nuevos puestos de trabajo. Art. 2: Los empleadores que requieran introducir modificaciones sustanciales en los horarios de trabajo vigentes en los respectivos centros de trabajo deberán celebrar acuerdos directos con sus trabajadores. [...]
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Decreto Supremo núm. 061-90-TR, por le que se dictan normas transitorias y complementarias que incentiven a los empleadores a otorgar aumentos de remuneraciones, de acuerdo con la situación concreta de cada empresa. Adoption: 1990-09-03 | PER-1990-R-20364
Peru - Conditions of work - Regulation, Decree, Ordinance
Decreto Supremo núm. 060-90-TR, por el que se reglamentan y complementan para su mejor aplicación los Decretos Supremos núms. 054-90-TR , 055-90-TR y 056-90-TR . Adoption: 1990-08-27 | PER-1990-R-20365 Se establecen criterios para el cálculo de la remuneración mínima vital, de la bonificación especial por costo de vida y del anticipo de incremento de remuneraciones.
Peru - Conditions of work - Regulation, Decree, Ordinance
Decreto Supremo núm. 058-90-TR, por el que se decreta que en convenciones colectivas cuya vigencia se inicie a partir del 1° de agosto de 1990, los trabajadores y sus empleadores podrán pactar libremente los incrementos de remuneraciones, cláusulas de salvaguardia de remuneraciones y condiciones de trabajo. Adoption: 1990-08-17 | PER-1990-R-20370 Medida adoptada en relación con otras decisiones de política salarial en el marco del programa de estabilización económica de 1990.
Peru - Conditions of work - Regulation, Decree, Ordinance
Resolución directorial núm. 150-90-DC-MGP, de 9 de mayo de 1990, de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas por la que se aprueban normas sobre la fijación de períodos de tiempo para las inspecciones de embarcaciones fluviales después de su construcción. Adoption: 1990 | PER-1990-R-9728
Peru - Conditions of work - Regulation, Decree, Ordinance
Resolución suprema núm. 084-89-TR por la que se dictan normas relacionadas a la prestación laboral de los artistas. Adoption: 1989-10-31 | PER-1989-R-8448 Determina las modalidades de cómputo de la semana de trabajo.
Peru - Conditions of work - Regulation, Decree, Ordinance
Decreto supremo por el que se dictan normas reglamentarias para la aplicación de la ley núm. 24724 que establece la nueva jornada ordinaria de trabajo para los periodistas. Adoption: 1988-01-26 | PER-1988-R-6077 La citada ley otorga a los periodistas un día adicional remunerado de descanso de 24 horas, además de su día de descanso regular, de goce continuo.
Peru - Conditions of work - Case law
Directiva jurisdiccional núm. 07-87-P/FTCCLL por la que se acuerda que el derecho vacacional no gozado en su oportunidad se paga con la remuneración vigente en la época del descanso. Adoption: 1987-12-04 | PER-1987-CL-4750
Peru - Conditions of work - Law, Act
Ley núm. 24724 por la que se establece la jornada ordinaria de trabajo para los periodistas. Adoption: 1987-10-16 | PER-1987-L-4466 La jornada ordinaria de trabajo para los periodistas será no mayor de cinco días ni mayor de cuarenta horas a la semana, sea cual fuere su centro de trabajo, sin perjuicio de los beneficios alcanzados por ley.
Peru - Conditions of work - Regulation, Decree, Ordinance
Decreto supremo núm. 011-87-TR por el que se incrementan las remuneraciones de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada cuyas remuneraciones no se regulan por negociación colectiva. Adoption: 1987-07-08 | PER-1987-R-3955 Dispone que los antedichos trabajadores tienen derecho a percibir el incremento con el carácter de "bonificación especial por costo de vida", y es base de cálculo sólo para el pago de vacaciones, salario dominical, día feriado no laborable, ciertas licencias y horas extraordinarias.
Peru - Conditions of work - Regulation, Decree, Ordinance
Decreto supremo núm. 039-86-SA por el que se aprueba el reglamento de organización y funciones del Consejo Nacional de Proteción del Medio Ambiente para la Salud. Adoption: 1986-12-04 | PER-1986-R-3127
Peru - Conditions of work - Regulation, Decree, Ordinance
Resolución ministerial núm. 221-86-TR por la que se modifica el procedimiento para la aprobación del reglamento interno de trabajo. Adoption: 1986-05-19 | PER-1986-R-2422
Peru - Conditions of work - Regulation, Decree, Ordinance
Decreto supremo núm. 033-85-TR por el que se dictan normas para el empleador que no cumple el pago oportuno de la compensación por tiempo de servicios, remuneraciones devengadas, importe vacacional y demás beneficios sociales, incluída la participación líquida en las utilidades. Adoption: 1985-11-18 | PER-1985-R-1883 El incumplimiento dará lugar a que las cantidades de que se trata devenguen autómaticamente el interés legal vigente, salvo cuando el incumplimiento se origine en caso fortuito o fuerza mayor.
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Resolución ministerial núm. 1208-85-ED por la que se autoriza conceder licencia con goce de remuneraciones por fallecimiento de cónyuge, padres e hijos de los servidores y funcionarios comprendidos dentro del régimen laboral del decreto legislativo núm. 276. Adoption: 1985-11-06 | PER-1985-R-1881 El decreto citado es el de la ley de bases de la carrera administrativa y de remuneraciones del sector público. El derecho a la licencia prescrita es por ocho díass si el fallecimiento se produce en la provincia donde presta servicios el trabajador o funcionario, y por quince días si se produjera en provincia distinta a la de su centro de trabajo.
Peru - Conditions of work - Regulation, Decree, Ordinance
Decreto supremo núm. 0001-85-SA por el que se dictan normas reglamentarias específicas relativas a profesionales de lineas de carrera de químico-farmaceútico, de obstetriz, de laboratorista clínico y de tecnólogo médico. Adoption: 1985-01-04 | PER-1985-R-974
Peru - Conditions of work - Regulation, Decree, Ordinance
Decreto supremo 03-81-TR por el que se dictan normas sobre el trabajo de menores en horario nocturno. Adoption: 1981-02-13 | PER-1981-R-10826
Peru - Conditions of work - Regulation, Decree, Ordinance
Decreto supremo 07-80-TR por el que se dictan normas para la aplicación del Convenio nùm. 52 sobre vacaciones pagadas de la OIT. Adoption: 1980-04-30 | PER-1980-R-11820
Peru - Conditions of work - Law, Act
Decreto-ley 22204 por el que se dictan normas para el pago de horas extraordinarias. Adoption: 1978-06-06 | PER-1978-L-12774
Peru - Conditions of work - Law, Act
Decreto-ley 22169 por el que se dictan medidas de austeridad sobre pagos de horas extras y gastos presupuestarios [sector público]. Adoption: 1978-05-09 | PER-1978-L-12773
Peru - Conditions of work - Regulation, Decree, Ordinance
Decreto Supremo 002-TR : Descanso de los trabajadores domésticos. Adoption: 1970-03-10 | PER-1970-R-18539 Los Trabajadores domésticos tendrán derecho a ocho horas diaras de descanso nocturno, a veinticuatro horas continuas de descanso semanal, en día domingo o en otro de la semana, a descanso el 1.° mayo, 28 julio y 25 dic. Si el empleador necesitara los servicios del doméstico en alguno de estos días, le abonará un salario extra.