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Country: Peru - Subject: Criminal and penal law
Peru - Criminal and penal law - Law, Act
Ley núm. 26993, del 6 de noviembre de 1998, por la que se modifica el artículo 78° del Código Penal, incluyendo el derecho de gracia como extinción de la acción penal. Adoption: 1998-11-06 | PER-1998-L-51331 Incluye el derecho de gracia como causa de extinción de la acción penal.
Peru - Criminal and penal law - Regulation, Decree, Ordinance
Decreto Supremo núm. 003-96-JUS por el cual se dicta el Reglamento del régimen de vida y progresividad del tratamiento para internos de difícil readaptación, procesados y/o sentenciados por delitos comunes a nivel nacional. Adoption: 1996-07-23 | PER-1996-R-44753 Se establecen dos etapas: 1) cerrada o de máxima seguridad y 2) de promoción al régimen de mediana seguridad. En la segunda etapa estará obligado a participar en las actividades de tratamiento, de las áreas de trabajo y educación.
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Decreto ley núm. 25708, por el que se dictan normas sobre los procedimientos en los juicios por delitos de traición a la Patria. Adoption: 1992-09-02 | PER-1992-L-30336
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Decreto ley núm. 25659 por el que se regula el delito de traición a la Patria. Adoption: 1992-08-12 | PER-1992-L-30273
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Decreto ley núm. 25564, por el que se establecen modificaciones al artículo 20 del Código Penal. Adoption: 1992-06-17 | PER-1992-L-29451 Está exento de responsabilidad penal el menor de 18 años, excepto el autor o partícipe de delitos tipificados como terrorismo, en cuyo caso los menores son responsables a partir de los 15 años.
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Decreto Legislativo núm. 654, por el que se promulga el nuevo Código de Ejecución Penal. Adoption: 1991-07-31 | PER-1991-L-25513
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Decreto legislativo núm. 635 por el que se promulga el Código Penal, aprobado por la Comisión Revisora constituída por la ley núm. 25280. - Adoption: 1991-04-03 | Date of entry into force: 1991-04-25 | PER-1991-L-21834 Contiene disposiciones vinculadas al derecho del trabajo. El artículo 165 reprime la violación del secreto profesional con prisión y multa. El artículo 168 (violación de la libertad de trabajo) reprime al que obligue a otro, mediante violencia o amenaza, a integrar o no un sindicato, a prestar trabajo personal sin la debida retribución, a trabajar sin las condiciones de seguridad e higiene industrial determinadas por la autoridad, y a celebrar contrato de trabajo o adquirir materias primas o productos industriales o agrícolas. El mismo artículo penaliza también al que retiene las remuneraciones o indemnizaciones, al que no cumple las resoluciones dictadas por la autoridad competente, al que disminuye o distorsiona la producción, simula causales para el cierre del centro de trabajo o abandona éste para extinguir las relaciones laborales. El artículo 380 reprime al funcionario o servidor público que, con daño del servicio, abandona su cargo y al que incita al abandono colectivo del trabajo.
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Ley núm. 25274, por la que se modifican los artículos 130 y 131 del Código Penal. Adoption: 1990-07-10 | PER-1990-L-20308
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Resolución ministerial núm. 278-87 JUS del Ministerio de la Justicia por la que se aprueba el reglamento de organización y funciones del Instituto Nacional Penitenciario. Adoption: 1987-07-14 | PER-1987-R-3775 La misión del Instituto (INPE) consiste en dirigir, coordinar y controlar técnica y administrativamente el régimen penitenciario del país asegurando una adecuada política de readaptación social, en particular, la reeducación, readaptación y reincorporación social de los ínternos. Cuenta para ello, entre otros muchos órganos, con la Dirección de Trabajo y Educación, órgano encargado de normar, supervisar y controlar las acciones de trabajo y educación en los establecimientos penales, el cual, ínter alia, promueve la celebración de convenios con entidades públicas o privadas para organizar centros de producción artesanal y fabril.
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Ley núm. 24653 por la que se modifican varios artículos sobre delitos contra los deberes de función y los deberes profesionales del Código Penal. Adoption: 1987-03-24 | PER-1987-L-3275
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Decreto supremo núm. 012-85-JUS por el que se aprueba el reglamento del Código de Ejecución Penal. Adoption: 1985-06-12 | PER-1985-L-1529 Título II, cap. IV, sección 3: Redención de penas por el trabajo y el estudio; título III, cap. II: Trabajo; art. 116: "El trabajo es un derecho y un deber del interno, constituyendo un elemento fundamental del tratamiento"; título III, cap. III: Educación; cap. IV: Salud; cap. V: Servicio social; título IV, cap. III, sección 4: Colonias o pueblos agrícolas; art. 226: "Las colonias o pueblos agrícolas son establecimientos de régimen abierto donde el interno y su familia desarrollan actividades laborales y de convivencia. Si al vencimiento de la pena el sentenciado decidiera radicar en el pueblo o colonia agrícola, se le otorgará en propiedad la tierra asignada o participación en la empresa que la explote; título VII: Asistencia post-penitenciaria; art. 294: "Son atribuciones de las juntas de asistencia post-penitenciaria ... apoyar al liberado en la obtención de trabajo ...".
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Decreto legislativo núm. 330 por el que se promulga el Código de Ejecución Penal. Adoption: 1985-03-06 | PER-1985-L-1139 Cap. segundo del título III: Trabajo. Art. 71: "El trabajo es un derecho y un deber del interno, constituyendo un elemento fundamental del tratamiento ... no tendrá carácter aflictivo ni será aplicado como medida disciplinaria ... tendrá carácter formativo, creador o conservador de hábitos laborales ... con el fin de preparar al interno para ... el trabajo en libertad". Art. 74: El trabajo del interno será remunerado de acuerdo con la productividad, nivel de capacitación y experiencia ...". Cap. tercero: Educación. Cap. cuarto: Salud.
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