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Ecuador > Labour contracts

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Country: Ecuador - Subject: Labour contracts

  1. Ecuador - Labour contracts - Law, Act

    Ley núm. 133, reformatoria al Código del Trabajo

    Adoption: 1991-11-13 | ECU-1991-L-26599

    Se modifican diversas disposiciones del Código de Trabajo (Serie Legislativa, 1978-Ecua.1). En lo que se refiere a la flexibilidad del trabajo se añaden los contratos de trabajo eventuales, ocasionales y de temporada. Se deroga la prohibición del "enganche de mujeres" para trabajos fuera del país y la prohibición del trabajo nocturno de mujeres. Se modifica el régimen de los trabajadores domésticos. Se contempla la posibilibidad de celebrar contratos de aprendizaje en la industria para la enseñanza de oficios. Se modifican las condiciones del auxilio de cesantía y de indemnización por despido intempestivo. Se incluyen nuevas disposiciones sobre la negociación de los contratos colectivos de trabajo, el trámite de los conflictos colectivos y el régimen de la huelga.

  2. Ecuador - Labour contracts - Regulation, Decree, Ordinance

    Decreto núm. 1921, por el que se expide el reglamento a la ley de maquila.

    Adoption: 1990-10-29 | ECU-1990-R-21130

    Los artículos 18 a 24 desarrollan las disposiciones sobre la relación laboral derivada del contrato de trabajo de maquila establecido por la ley núm. 90, de 1990, de régimen de maquila. La ley núm. 90 ha sido publicada en Documentos de Derecho Social 1990/3, 1990-ECU 2.

  3. Ecuador - Labour contracts - Law, Act

    Ley núm. 90, de 24 de julio de 1990, de régimen de maquila, de contratación laboral a tiempo parcial y de reformas al Código del Trabajo, a la ley de la Corporación Financiera Nacional, a la ley de compañías financieras, a la ley de consultoría, a la ley orgánica de Aduanas, a la ley de creación del sistema de garantía crediticia y a la ley orgánica del Servicio Exterior.

    Adoption: 1990-07-24 | ECU-1990-L-20002

    Se crea el "contrato de trabajo de maquilado" (arts. 29 a 42), el cual deberá celebrarse por escrito y registrarse ante la inspección del trabajo competente. Se incluyen disposiciones especiales sobre remuneración y en materia de suspensión y terminación de la relación de trabajo de maquilado. La afiliación de los trabajadores maquiladores al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) será obligatoria. Se regula también la "contratación laboral a tiempo parcial" (arts. 50-61), incluyéndose disposiciones sobre estabilidad en el empleo, salario, horas de trabajo, edad mínima, terminación de la relación de trabajo, libertad sindical y seguridad social. Se sustituye el artículo 134 del Código del Trabajo (SL., 1978-Ecua. 1) relativo al salario mínimo por un nuevo texto que determina, en particular, que los distintos componentes del salario mínimo general podrán ser regulados por decreto ejecutivo. Texto publicado en Documentos de Derecho Social 1990/3, 1990-ECU 2.


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