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Country: Cuba - Subject: Disabled workers
Cuba - Disabled workers - Regulation, Decree, Ordinance
Resolución núm. 14 de 2011 por la que se dicta el Reglamento para el Empleo de las Personas con Discapacidad. - Adoption: 2011-04-15 | CUB-2011-R-86935 Establece que las personas con discapacidad, de acuerdo
con sus capacidades funcionales, habilidades adaptativas
y preparación laboral, teniendo en cuenta las necesidades de
fuerza de trabajo de cada municipio, pueden acceder a las
opciones de empleo siguientes:
a) plazas vacantes, con carácter definitivo o temporal, para
la que poseen los requisitos exigidos y que resulta imprescindible cubrir;
b) talleres especiales;
c) actividades de trabajo por cuenta propia;
d) entrega de tierras en usufructo; y
e) otras formas de empleo en el sector no estatal.
Cuba - Disabled workers - Miscellaneous (circular, directive, legal notice, instruction, etc.)
Resolución del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social núm. 22/2004, de 30 de junio, por la que se dicta el Reglamento de las Relaciones Laborales de las Personas con Discapacidad - Adoption: 2004-06-30 | CUB-2004-M-111053 La resolución en cuestión dicta el Reglamento de las Relaciones Laborales de las Personas con Discapacidad. Dicho reglamento se estructura de la siguiente manera:
-CAPITULO I. Generalidades
-CAPITULO II. Papel de la educación en la formación laboral y el acceso al empleo de las personas con discapacidad
-CAPITULO III. Registro y selección de las personas con discapacidad en busca de empleo
-CAPITULO IV. Evaluación de la capacidad funcional de la persona con discapacidad
-CAPITULO V. Formalización de la relación laboral
-CAPITULO VI. Adiestramiento laboral
-CAPITULO VII. Centros de Entrenamiento Socio Laboral
-CAPITULO VIII. Tiempo de trabajo y descanso
-CAPITULO IX. Organización del salario y la atención al hombre en los talleres especiales
-CAPITULO X. Salud y seguridad en el trabajo
-DISPOSICIONES FINALES.
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Resolución núm. 15/91 por la que se dicta reglamento sobre el tratamiento laboral, salarial y de seguridad social para los trabajadores minusválidos en talleres especiales. Adoption: 1991-10-31 | CUB-1991-M-27881 Capítulo I: Del proceso de selección para el ingreso a los talleres. Cap. II: De las Comisiones de Peritaje Médico para Impedidos. Cap. III: De la relación Laboral de Carácter Permanente. Cap. IV: Del Proceso de Adiestramiento. Cap. V: Del Tiempo de Trabajo y Descanso. Cap. VI: De la Organización del Salario. Cap. VII: De la Estimulación Moral. Cap. VIII: De la Seguridad Social. Cap. IX: De la Protección e Higiene del Trabajo. Cap. X: De las Licencias Deportivas y Culturales.
Cuba - Disabled workers - Law, Act
Acuerdo núm. 2035 por el que se aprueba el Programa para la ejecución de la ley núm. 13 de protección e higiene del trabajo durante el quinquenio 1986-1990. Adoption: 1987-03-02 | CUB-1987-L-4322 Es propósito del nuevo programa contribuir a garantizar condiciones laborales seguras, higiénicas y adecuadas; prevenir los accidentes del trabajo, en especial los fatales, las enfermedades profesionales y los incendios; desarrollar el mejoramiento sistemático de las condiciones de trabajo; lograr un comportamiento psicofisiológico y psicosociológico adecuado del trabajador; proteger de manera especial a la mujer, los jóvenes trabajadores y los trabajadores con capacidad disminuida; desarrollar los métodos de valoración de los riesgos y de las condiciones de trabajo conjuntamente con la organización del trabajo; establecer la base jurídica y normativa de la protección e higiene del trabajo; desarrollar la rehabilitación integral (física, psíquica y laboral) de los trabajadores. Para tales fines se ha encargado al Comité Estatal de Trabajo y Seguridad Social la responsabilidad de coordinar y controlar el Programa e informar anualmente al Gobierno sobre los resultados obtenidos y se dispone que todos los factores comprometidos elaborarán y presentarán a dicho Comité Estatal su plan de trabajo anual y que periódicamente se realizarán chequeos del cumplimiento del Programa y de los planes anuales. El Programa será ejecutado por los organismos rectores de la protección e higiene del trabajo, los organismos de la Administración central del Estado, los órganos locales del Poder Popular, las cooperativas de producción agropecuarias y demás organizaciones económicas y sociales y la Central de Trabajadores de Cuba.
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Resolución núm. 121 sobre el tratamiento de los trabajadores con disminución de su capacidad laboral Adoption: 1978-04-19 | CUB-1978-M-32994 Capítulo I: Del tratamiento de los trabajadores con disminución de su capacidad laboral; Capítulo II: Prestación de seguridad social a los trabajadores reubicados; Capítulo III: Prestación de seguridad social a los trabajadores que se incorporen a tratamiento de rehabilitación, a cursos de calificación o recalificación o estén pendientes de reubicar; Capítulo IV: Procedimiento para obtener las prestaciones de seguridad social; Capítulo V: De las ofertas de empleo a los trabajadores con disminución de su capacidad laboral; Capítulo VI: Disposiciones generales.