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Decreto núm. 1255/98 por el que se establece un sistema que permite a los empresarios, armadores u operadores legales nacionales y extranjeros, que contraten tripulación para los buques y artefactos navales amparados en determinados regímenes de excepción, efectuar, respecto de éstos, los aportes y contribuciones previsionales que correspondan, en los términos de la Ley núm. 24241.

Main Region

First Region

Argentina
Seafarers - Social security
1998-10-22
National
Regulation, Decree, Ordinance

Second Region

Establece que en los buques y artefactos navales de bandera extranjera que se encuentran bajo el régimen de excepción instituidos por los decretos núm. 1772, de 3.9.1991 (según modificado hasta la fecha), núm. 1493, de 20.8.92 (según modificado hasta la fecha) y núm. 343, de 16.4.98, cuando el contrato de ajuste sea celebrado por un empresario, armador u operador legal nacional o extranjero, éste deberá efectuar durante la vigencia del contrato, respecto de los tripulantes argentinos, las contribuciones patronales y aportaciones previsionales que correspondan de acuerdo a la Ley núm. 24.241.

Basic Text region

Serial region

    Serial title
    Boletín Oficial
    Date
    1998-10-30
    Number
    núm. 29012
    Page range
    págs. 1-2.