Nom: |
Resolución del Ministro del Trabajo núm. 4388 por la que se crea una Oficina en las Federaciones de Trabajadores de mayor representatividad regional, en cada uno de los Estados de la República de Venezuela, donde los Procuradores Especiales del Trabajo despacharán y oirán consultas sobre el objeto de esta resolución. |
Pays: |
Venezuela (République bolivarienne du) |
Sujet(s): |
Sécurité de l'emploi; Liberté syndicale, négociation collective et relations professionnelles |
Type de loi: |
Autres textes (circulaire, directive, instruction, etc.) |
Adopté le: |
1993-08-23 |
Entry into force: |
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Publié le: |
Gaceta Oficial, 1993-08-25, núm. 35282, pág. 285507
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ISN: |
VEN-1993-M-35413 |
Lien: |
https://www.ilo.org/dyn/natlex/natlex4.detail?p_isn=35413&p_lang=fr |
Bibliographie: |
Gaceta Oficial, 1993-08-25, núm. 35282, pág. 285507
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Résumé/Citation: |
El tercer considerando declara que el Convenio núm. 158 -ratificado por Venezuela en 1985- "establece la obligación del Estado de velar por la Estabilidad Laboral". El quinto considerando declara que "es obligación de carácter imperativo del Ministerio de Trabjao velar por la protección de los derechos laborales fundamentales de los trabajadores, apoyar el desarrollo de la negociación colectiva y estimular el crecimiento de las organizaciones sindicales como principio rector para el fortalecimiento de la Democracia. Asimismo, ser garante del sistema integral de seguridad social del país, conforme con la Constitución Nacional". Se decide la creación de oficinas de procuradores especiales del trabajo en las federaciones de trabajadores. Tales procuradores deberán "despachar y oir consultas según las facultades otorgadas en la legislación". Además, ejercerán funciones polivalentes, participando en los procedimientos conciliatorios y de arbitraje, dentro del marco de la concertación social. |