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URY-2011-L-89830
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Title_of_text
Ley núm. 18856 de descanso semanal para el personal de establecimientos gastronómicos y hoteleros.
Main Region
First Region
Country(ies)
Uruguay
Subjects (Classification)
Hotel, restaurant and shop workers
Adopted on (Date of text)
2011-12-07
Scope of text
National
Type of legislation (Type of text)
Law, Act
Second Region
Abstract/Citation
Declara que el descanso semanal de treinta y seis horas consecutivas dispuesto por el artículo 1 de la Ley núm. 12468, de 12 de diciembre de 1957, para el personal de los establecimientos gastronómicos (hoteles, restaurantes, fondas, confiterías y similares), deberá en todo caso comprender la jornada íntegra del día siguiente a haber cumplido la carga de cuarenta y cuatro horas semanales de labor. Dispone que el mismo régimen será de aplicación para el personal de la actividad hotelera en general y que el número mínimo de horas de descanso en las actividades referidas no será inferior a dieciséis horas por cada período de veinticuatro horas.
Electronic region
Electronic source title
Parlamento
Country
Uruguay
URL
http://www.parlamento.gub.uy
File
URY89830.pdf (Ley (PDF))
Serial region
Serial title
Diario Oficial (Separata)
Date
2012-01-09
Number
núm. 28387
Page range
1 pág.