Nombre: |
Decreto Supremo núm. 024-2001-TR por el que se precisan y reglamentan disposiciones de la Ley de Consolidación de Beneficios Sociales. |
País: |
Perú |
Tema(s): |
Administración y financiación |
Tipo de legislación: |
Reglamento, Decreto, Orden, Ordenanza |
Adoptado el: |
2001-07-20 |
Entry into force: |
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Publicado el: |
El Peruano, 2001-07-22, núm. 7700, págs. 207254-207255
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ISN: |
PER-2001-R-59448 |
Enlace: |
https://www.ilo.org/dyn/natlex/natlex4.detail?p_isn=59448&p_lang=es |
Bibliografía: |
El Peruano, 2001-07-22, núm. 7700, págs. 207254-207255
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Resumen/cita: |
Precisa el artículo 18 del Decreto Legislativo núm. 688 en el sentido de que en los casos de suspensión de la relación laboral, sea por enfermedad, invalidez o cualquiera de las causales previstas en el artículo 12 del Texto Unico ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo núm. 003-97-TR, a excepción del caso del inciso j), el empleador está obligado a continuar pagando las primas correspondientes. |
Texto(s) modificador(es): |
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Texto(s) de aplicación: |
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