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Title_of_text

Ley núm. 9016 de 30 de marzo de 1995 por la que se agrega un párrafo al artículo 133 de la Codificación de las Leyes del Trabajo.

Main Region

First Region

Brazil
Hours of work, weekly rest and paid leave
1995-03-30
National
Law, Act

Second Region

El inciso III del artículo 133 dice que no tendrá derecho a vacaciones el asalariado que durante el período de adquisición del derecho dejare de trabajar con percepción del salario por más de 30 días en virtud de la paralización parcial o total de la empresa. El párrafo 3 que se agrega dice que: "para los fines previstos en el inciso III de éste artículo la empresa comunicará al órgano local del Ministerio del Trabajo, con un plazo mínimo de 15 días, las fechas de inicio y fin de la paralización total o parcial de los servicios de la empresa, y, con igual plazo comunicará en los mismo términos, al sindicato representativo de la categoría profesional, así como colocará anuncios en los respectivos locales de trabajo".

Serial region

    Serial title
    Diário Oficial
    Date
    1995-03-31
    Number
    núm. 63
    Page range
    pág. 4575