Nombre: | Decreto por el que se reforman los artículos 16, 19, 20 y 119 y se deroga la fracción XVIII del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos |
País: | México |
Tema(s): | Constituciones; Derechos humanos |
Tipo de legislación: | Constitución |
Adoptado el: | 1993-09-02 |
Entry into force: | |
Publicado el: | Diario Oficial, 1993-09-03, vol. CDLXXX, núm. 3, págs. 2 |
ISN: | MEX-1993-C-34061 |
Enlace: | https://www.ilo.org/dyn/natlex/natlex4.detail?p_isn=34061&p_lang=es |
Bibliografía: | Diario Oficial, 1993-09-03, vol. CDLXXX, núm. 3, págs. 2 Errata, 1993-09-03, vol. CDLXXX, núm. 4, pág. 6 |
Resumen/cita: | Se refiere a las garantías individuales (allanamiento, detención, la que no podrá exceder de 48 horas sin intervención judicial y de 72 horas a disposición de la autoridad judicial sin que se justifique por auto formal de prisión), a las garantías procesales del inculpado, a la colaboración judicial entre los Estados de la Federación y a la extradición. |
Texto(s) modificado(s): |