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Title_of_text

Decreto por el que se reforma la ley reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Main Region

First Region

Mexico
Constitutional law
1986-04-25
Constitution

Second Region

El presente decreto reforma a diversos respectos el juicio de amparo, institución jurídica del derecho mexicano destinada a impugnar los actos de autoridad administrativos o legislativos violatorios de los derechos reconocidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos a las personas físicas o morales. El texto se refiere a los actos prohibidos por el art. 22 de la Constitución y en particular a los actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal fuera de procedimiento judicial, etc. En tales casos, si el agraviado se encontrare imposibilitado para promover el amparo, podrá hacerlo cualquier otra persona en su nombre, aunque sea menor de edad (art. 17). El amparo podrá ser promovido en materia laboral y, con arreglo a ciertas formas y procedimientos, en materia agraria (art. 2). El decreto prevé que el Presidente de la República o ciertos funcionarios podrán ser representados en los juicios de amparo y precisa plazos, modalidades de presentación de demandas o promociones de término y otras condiciones. Podrán imponerse sanciones a quienes presenten demanda si se advirtiere que ésta se promovió con el propósito de retardar o entorpecer la solución del asunto (art. 81). El decreto reforma, adiciona o deroga 28 arts. de la ley reglamentaria de los arts. 103 y 107 de la Constitución.

Serial region

    Serial title
    Diario Oficial
    Date
    1986-05-20
    Number
    N. 12
    Page range
    p. 2-6