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ARG-2005-R-72400
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Title_of_text
Decreto núm. 1450/2005 de pensiones asistenciales.
Main Region
First Region
Country(ies)
Argentina
Subjects (Classification)
Old-age, invalidity and survivors benefit
Adopted on (Date of text)
2005-11-25
Scope of text
National
Type of legislation (Type of text)
Regulation, Decree, Ordinance
Second Region
Abstract/Citation
Establece que en caso de fallecimiento del titular de una pensión no contriubtiva a la vejez, el cónyuge superstite, no divorciado ni separado legalmente, o de hecho o concubino o concubina con una convivnecia pública y continua de por lo menos 5 años, de 70 años de edad o que estuviere incapacitado/a para el trabajo y a cargo del causante a la fecha de su deceso, tendrá derecho a una pensión en los términos del artículo 9 de la Ley núm. 13.478.
Basic Text region
Basic text(s)
1997-05-15 (ARG-1997-R-46901)
Decreto núm. 432/97 por el cual se aprueba la reglamentación del artículo 9 de la ley núm. 13478 modificado por la ley núm. 24241 para el otorgamiento de pensiones a la vejez y por invalidez.
Serial region
Serial title
Boletín Oficial
Date
2005-11-29