Name: |
Decreto núm. 137/97 por el cual se precisa el concepto de "gastos médicos" establecido en el inciso d) del artículo 103 bis de la ley núm. 20744 y su modificatoria y se determina el carácter que han de tener frente a la Seguridad Social los beneficiarios sociales y las demás prestaciones que establece la ley núm. 24700. |
Country: |
Argentina |
Subject(s): |
Social assistance and services |
Type of legislation: |
Regulation, Decree, Ordinance |
Adopted on: |
1997-02-12 |
Entry into force: |
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Published on: |
Boletín Oficial, 1997-02-14, núm. 28586, págs. 2-3
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ISN: |
ARG-1997-R-46143 |
Link: |
https://www.ilo.org/dyn/natlex/natlex4.detail?p_isn=46143&p_lang=en |
Bibliography: |
Boletín Oficial, 1997-02-14, núm. 28586, págs. 2-3
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Abstract/Citation: |
Los gastos efectuados para el pago de servicios médicos de asistencia y prevención al trabajador o a su familia tendrán el carácter de beneficio social no remuneratorio. Los beneficios sociales, las prestaciones complementarias que no integran la remuneración y la prestación no remunerativa definidos por los arts. 103 bis, 105 y 223 bis de la ley núm. 20744 y sus modificatorias serán considerados de carácter no remunerativo y en consecuencia no sujetos a aportes y contribuciones. |
Amended text(s): |
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