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Database of national labour, social security and related human rights legislation

Argentina (1,403) > Social assistance and services (23)

Name: Ley núm. 24700 sobre régimen de contrato de trabajo por la cual se modifica la ley núm. 20744 y se derogan los decretos núm. 773/96, 848/96 y 849/96.
Country: Argentina
Subject(s): Social assistance and services; Maternity protection
Type of legislation: Law, Act
Adopted on: 1996-10-10
Entry into force:
Published on: Boletín Oficial, 1996-10-14, núm. 28499, pág. 1
ISN: ARG-1996-L-45275
Link: https://www.ilo.org/dyn/natlex/natlex4.detail?p_isn=45275&p_lang=en
Bibliography: Boletín Oficial, 1996-10-14, núm. 28499, pág. 1
Abstract/Citation: Se agrega como art. 103 bis el siguiente: "Beneficios sociales. Se denominan beneficios sociales a las prestaciones de naturaleza jurídica de seguridad social, no remunerativas, no dinerarias, no acumulables ni sustituíbles en dinero, que brinda el empleador al trabajador por sí o por medio de terceros, que tiene como objeto mejorar la calidad de vida del dependiente o de su familia a cargo". A continuación se enumeran las prestaciones que deben considerarse beneficios sociales. El art. 105 se leerá: "Forma de pago. Prestaciones complementarias. El salario debe ser satisfecho en dinero, especie, habitación, alimentos, o mediante la oportunidad de obtener beneficios o ganancias. Las prestaciones complementarias, sean en dinero o en especie, integran la remuneración del trabajador." Se determinan las excepciones. Se agrega el artículo 223 bis: "Se considerará prestación no remunerativa las asignaciones en dinero que se entreguen en compensación por suspensiones de la prestación laboral y que se fundaren en las causales de falta o disminución de trabajo, no imputales al empleador, o fuerza mayor debidamente comprobada, pactadas individual o colectivamente...". Se establece una contribución del 14 por ciento sobre los vales alimentarios o cajas de alimentos y sobre los pagos de servicios médicos de asistencia o previsión. Esta contribución se encontrará a cargo del empleador y se destinará al financiamento del sistema de asignaciones familiares.
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