Name: |
Decreto núm. 849/96 sobre beneficios sociales que no revisten carácter remuneratorio. |
Country: |
Argentina |
Subject(s): |
Social assistance and services; Wages |
Type of legislation: |
Regulation, Decree, Ordinance |
Adopted on: |
1996-07-25 |
Entry into force: |
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ISN: |
ARG-1996-R-44776 |
Link: |
https://www.ilo.org/dyn/natlex/natlex4.detail?p_isn=44776&p_lang=en |
Bibliography: |
Derecho del Trabajo, 1996-08, págs. 1858-1859
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Abstract/Citation: |
Los beneficios sociales que a continuación se enumeran no revisten carácter remuneratorio y por lo tanto no se encuentran sujetos a aportes y contribuciones de la seguridad social: a) los servicios de comedor de la empresa, b) Los vales de almuerzo o reintegros de comida, c) la provisión de ropa de trabajo, d) los reintegros de gastos de medicamentos y gastos médicos y odontológicos, e) los reintegros de gastos de guardería, f) el pago de cursos de capacitación, g) útiles escolares para los hijos, h) el comodato de casa-habitación o la locación en los supuestos de grave dificultad en el acceso a la vivienda. El monto de los beneficios de los incisos b), d), e), f) y g) citados no podrá exceder el 20 por ciento de la remuneración o la suma de 300 pesos. Los vales alimentarios y las canastas de alimentos solo se computarán como base de cálculo para efectuar las retenciones destinadas a la Seguridad Social. |
Repealing text(s): |
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Repealed text(s): |
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