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Ordenanza ministerial del Ministerio de Trabajo por la que se dispone que la inspección del trabajo en las empresas que tengan hasta diez asalariados solamente será realizada a requerimiento del sindicato de la categoría profesional, del asalariado directamente interesado o por determinación de los delegados regionales del trabajo y del trabajo marítimo.

Main Region

First Region

Brazil
Labour inspection
1987-10-16
Regulation, Decree, Ordinance

Serial region

    Serial title
    Diário Oficial
    Date
    1987-10-20
    Number
    núm. 199
    Page range
    pág. 17293