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Ley de pasantías en el sector empresarial.

Main Region

First Region

Ecuador
Education, vocational guidance and training
1995-04-19
National
Law, Act

Second Region

Podrán acogerse a la presente ley las empresas que realicen actividades productivas dentro del sector privado así como todos los pasantes de los centros de estudios del nivel superior que hayan optado por una profesión que requiera una formación mínima de tres años. La relación jurídica entre los pasantes y las empresas se regirá únicamente por esta ley. El contrato de pasantía no es de carácter laboral, por lo tanto no serán aplicables las normas del Código de trabajo y demás leyes laborales. Los pasantes recibirán una pensión de pasantía no inferior al salario mínimo que corresponda a la carrera que cursa el pasante. Los pasantes serán obligatoriamente afiliados al régimen de seguridad social y gozarán de 30 días de vacaciones pagadas.

Serial region

    Serial title
    Registro Oficial
    Date
    1995-05-05
    Number
    núm. 689
    Page range
    págs. 1-3.