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Ley núm. 6 por la que se aprueba el estatuto del trabajador extranjero residente.

Main Region

First Region

Angola
Migrant workers
1986-03-24
Law, Act

Second Region

La presente ley aplícase a los trabajadores extranjeros residentes en Angola y contratados allí. Sus disposiciones no son aplicables a los reclutados en el extranjero ni tampoco a los trabajadores extranjeros que carezcan de calificaciones profesionales técnicas o científicas, los cuales continúan sujetos a la ley general de 1981 sobre el trabajo. Esta nueva ley instituye la igualdad de trato entre trabajadores extranjeros y angoleños en materia de asistencia médica, seguridad contra los accidentes del trabajo y pensiones de retiro, así como para la fijación de los salarios y el pago del impuesto sobre la renta. Los trabajadores extranjeros no podrán concluir un contrato de trabajo con una empresa extranjera o ejercer otra actividad remunerada sin la autorización del ministerio competente. La ley no contiene disposiciones sobre la transferencia de parte del salario al país de origen, pero prevé la posibilidad de repatriar los bienes legalmente importados o adquiridos, con arreglo a las condiciones fijadas por el Ministerio de las Finanzas. El nuevo estatuto deroga y reemplaza el estatuto precedente, dictado por decreto 22 de 1978. Se inscribe en el contexto de la ley sobre el trabajo de 1981, publicada en la SL 1981 - Ang. 1.

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Serial region

    Serial title
    Diário da República
    Date
    1986-03-24
    Number
    núm. 24
    Page range
    págs. 95-100