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Decreto-ley núm. 78/85/M por el que se establece el derecho a indemnización de daños por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.

Main Region

First Region

China
Macao Special Administrative Region
Occupational safety and health; Employment accident and occupational disease benefit
1985-08-10
Law, Act

Second Region

Este decreto-ley, de orden público, establece un régimen general de indemnización de los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales para el territorio de Macao. Aplícase a todos los sectores de actividad, exceptuada la administración pública. Los accidentes del trabajo causan derecho a indemnización, en forma de prestaciones en especie o en metálico. Las prestaciones en especie comprenden la asistencia médica y farmacéutica, el tratamiento hospitalario, los aparatos de prótesis y la reeducación funcional (arts. 15-33). Las prestaciones en metálico comprenden, según los casos, el pago de un capital, cuya cuantía oscila entre 36 y 96 veces el salario de base mensual (arts. 34-43). Las enfermedades profesionales, cuya lista figura en apéndice (cuadro 2), causan derecho a análogas modalidades de indemnización (arts. 44-45). Con el fin de cubrir los riesgos pecuniarios, todo empleador queda obligado a asegurarse con compañías reconocidas (arts. 54-58). Institúyese un Fondo de garantía para hacer frente en particular a situaciones de insolvencia de los empleadores o aseguradores (arts. 54-63). El decreto-ley sanciona las infracciones con penas de multa, sin perjuicio de las responsabilidades civil y penal de los infractores. El decreto-ley desarrolla el decreto-ley núm. 101/84/M sobre las relaciones de trabajo. Sus autores se inspiraron en la legislación correspondiente de Hong-Kong y en la experiencia portuguesa en este terreno.

Electronic region

Serial region

    Serial title
    Boletim Oficial, Suplemento
    Date
    1985-08-10
    Number
    núm. 32
    Page range
    págs. 2077-2092