Name: | Decreto núm. 171/2019, de 7 de marzo, que reglamenta la Ley núm. 27412, de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política |
Country: | Argentina |
Subject(s): | Equality of opportunity and treatment |
Type of legislation: | Regulation, Decree, Ordinance |
Adopted on: | 2019-03-07 |
Entry into force: | |
Published on: | Boletín Oficial, 2019-03-08, núm. 34070, págs. 5-7 |
ISN: | ARG-2019-R-108120 |
Link: | https://www.ilo.org/dyn/natlex/natlex4.detail?p_isn=108120&p_lang=en |
Bibliography: | Boletín Oficial, 2019-03-08, núm. 34070, págs. 5-7 Boletín Oficial ![]() ![]() |
Abstract/Citation: | El citado decreto reglamenta la Ley núm. 27412, de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política. Define el principio de paridad de género como la conformación de listas integradas por candidatas y candidatos de manera intercalada, en forma alterna y consecutiva, desde la primera o el primer titular hasta la última o último suplente, de modo tal que no haya DOS (2) personas continuas del mismo género en una misma lista. Faculta a todas las personas inscriptas en el padrón electoral de un distrito a impugnar ante la Justicia Electoral cualquier lista de precandidatos y precandidatas o candidatos y candidatas, cuando consideren que ésta se ha conformado violando la Ley núm. 27412 o esa reglamentación. Establece el procedimiento para subsanar el incumplimiento, así como la forma de reemplazo en caso de vacancia por fallecimiento, renuncia, incapacidad permanente o inhabilitación del candidato o candidata, y prohíbe la participación en elecciones primarias de toda lista que no cumpla con la integración paritaria de género. Extiende la paridad de género en el ámbito interno de las agrupaciones políticas a todos los órganos que prevea, en cada caso, la carta orgánica partidaria respectiva, y a los que transitoriamente pudieran crearse por decisión de los órganos constituidos. |
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