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Database of national labour, social security and related human rights legislation

Uruguay (622) > Social security (general standards) (150)

Name: Ley núm. 19590, de 28 de diciembre de 2017, que modifica el régimen jubilatorio previsto por la Ley núm. 16713
Country: Uruguay
Subject(s): Social security (general standards)
Type of legislation: Law, Act
Adopted on: 2017-12-28
Entry into force:
Published on: Diario Oficial, 2018-01-09, núm. 29862, págs. 5-8
ISN: URY-2017-L-106258
Link: https://www.ilo.org/dyn/natlex/natlex4.detail?p_isn=106258&p_lang=en
Bibliography: Diario Oficial, 2018-01-09, núm. 29862, págs. 5-8
Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales Dirección Nacional de Impresiones y Publicaciones Oficiales Uruguay Ley (PDF) Ley (PDF) (consulted on 2018-04-06)
Abstract/Citation: La ley citada regula la desafiliación del régimen de jubilación por ahorro individual obligatorio, así como las condiciones y el plazo para llevarla a cabo. Impone al Banco de Previsión Social la obligación de asesorar previamente a los interesados, proporcionándoles un análisis de sus trayectorias laborales y una proyección estimativa de las eventuales prestaciones a que podrían acceder según las decisiones que adoptaren. Encomienda al Banco de Previsión Social (BPS), en carácter de fideicomitente, la celebración de un contrato de fideicomiso de administración (“Fideicomiso de la Seguridad Social”). Establece la conformación de los activos financieros del fideicomiso y su tratamiento tributario. Asimismo, regula la transferencia del total acumulado en la cuenta de ahorro individual del afiliado, incluyendo su retorno acumulado, y la forma de cancelar la deuda generada con el Banco de Previsión Social (BPS) por los aportes transferidos a la Administradora de Fondos de Ahorro Previsional. Señala los efectos de la desafiliación en casos de jubilación en una de las actividades. Establece la posibilidad de renunciar a la jubilación servida por el régimen mixto y pasar a percibir una jubilación servida por el régimen de transición previsto en el Titulo VI de la Ley núm. 16713. Señala los plazos y condiciones para efectuar dicha renuncia y la forma de calcular las jubilaciones que habrán de percibir los renunciantes. Finalmente, modifica el artículo 102 de la Ley núm. 16713, referido a las comisiones de las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional.
Amended text(s):

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