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Title_of_text

Disposición de la Dirección Nacional de Migraciones núm. 2595/2016, de 14 de junio, que modifica el artículo 2 de la Disposición DNM núm. 843, de 13 de abril de 2012

Main Region

First Region

Argentina
General provisions
2016-06-14
National
Miscellaneous (circular, directive, legal notice, instruction, etc.)

Second Region

La citada disposición modifica el artículo 2 de la Disposición DNM núm. 843, de 13 de abril de 2012, estableciendo que las personas que ingresen y egresen al/del territorio nacional por los pasos fronterizos mencionados deberán someterse a la captura de huella dactilar e imagen facial como parte de la identificación exigible para el control migratorio. Exceptúa de la captura de imagen facial a los nacionales argentinos que reingresen al territorio nacional, habiendo egresado del país en un plazo de hasta treinta (30) días previos y dispone que en tal caso podrá darse por cumplimentada la identificación con la captura obligatoria de la huella dactilar.

Entry dates region

    Date of entry into force
    2016-06-23
    --

Electronic region

Serial region

    Serial title
    Boletín Oficial
    Date
    2016-06-15
    Number
    núm. 33462
    Page range
    págs. 11-12