Decreto-Ley de 22 de abril de 1995 por el que se transponen en la legislación nacional las Directivas de la Comunidad Europea relativas a la armonización de las leyes, reglamentos y disposiciones administrativas sobre la clasificación, embalaje y etiquetado de las sustancias peligrosas |
| Jurisdicción |
Portugal |
| Año |
1995 |
| Publicado en |
portugués |
| Título original / otro título |
[portugués] Decreto-Lei ... transpõe para a ordem jurídica interna as Directivas ... que alteram e adaptam ao progresso técnico a Directiva ... relativa à aproximação das disposições legislativas ... respeitantes à classificação, embalagem e rotulagem das substâncias perigosas |
| Título de revista periódica |
Diário da República |
| Fuente |
22 abr. 1995, n°95, I Serie-A, p.2318-2320. |
| Número de referencia |
Decreto-Lei 82/95 |
| Descriptores |
[Principales] Portugal, avisos de alarma, clasificación, empaquetado y rellenado, riesgos químicos, substancias peligrosas [Secundarios] comunicación de la información, comunidades europeas, ley |
| Categoría |
Riesgos químicos |
| Resumen |
Este Decreto transpone en la legislación portuguesa las disposiciones de la Directiva 67/548/CEE (CIS 92-23) junto con sus diversas modificaciones hasta 1993. Cubre todos los productos químicos peligrosos con excepción de los siguientes: productos alimentarios, alimentos para animales, medicamentos, cosméticos, pesticidas, sustancias radioactivas, residuos y otras sustancias susceptibles de ser transportadas, en tránsito o bajo control aduanero. Además, las reglas relativas al embalaje y el etiquetado no se aplican a las municiones, explosivos y hasta el 30.4.1997, a los gases de petróleo licuado. Contenido de este Decreto: comercialización de las sustancias; publicación conjunta de un reglamento apropiado (Portaria) por los Ministerios de Sanidad, Industria y Energía, Comercio y Turismo y Medio Ambiente y Recursos Naturales; autoridades competentes; obligaciones en cuanto a facilitar información; obligación de advertir sobre las sustancias que pertenezcan a algunas categorías de riesgo. Los Decretos-Leyes 280-A/87 (CIS 95-15), 46-A/89 (CIS 94-764), 124/88 (CIS 90-1770) y 247/90 quedan derogados en la misma fecha de entrada en vigor del presente Reglamento. |
| CIS No. |
96-1934 |
| Número de registro |
68052 |
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